Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2654/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2654/2016
VISTO: El Expediente Nº 7210-001517/16, iniciado por el Concejo Provincial de Educación,
solicitando una reserva fiscal para la implantación de dos edificaciones destinas a
una Escuela Primaria y un Jardín de Infantes, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 del citado Expediente consta Nota Nº 122/16, la cual hace mención a
la solicitud expresa del Lote 1 de la Manzana 145 del Barrio Nehuen Che, Nomenclatura
Catastral 13-20-040—3427-0000.-
Que el inmueble solicitado, surge de Expediente de Mensura 4796-12836/10,
iniciado por este Municipio, consistente en el fraccionamiento del Lote 18g.
Que producto de la Urbanización iniciada por este municipio designó al inmueble
como Lote 1 de la Manzana 145 Reserva Fiscal, con una superficie total de 11.443,00 m².-
Que este Ejecutivo Municipal no presenta objeción alguna a la adjudicación del Lote
2, del proyecto de división adjunto de una superficie de 8.059,00 m² de la Reserva Fiscal, al
Consejo Provincial de Educación, para la construcción de dos edificios; uno destinado a una
escuela primaria y el otro a un Jardín de Infantes.
Que en virtud del crecimiento poblacional sostenido en nuestra ciudad es necesario
contar infraestructura para paliar el déficit imperante a nivel educacional primario.
Que en conformidad a lo establecido en nuestra Carta Magna y la voluntad de este
Gobierno en realizar acciones ciertas y concretas que conlleven a la cristalización de las obras
precedentemente enunciadas.-
Que la Educación es uno de los pilares fundamentales de nuestra sociedad y prueba
de ello es por demás significativa lo instaurado en nuestra Carta Orgánica Municipal Título I
Capítulo I Artículos 131, 132 subsiguientes y concordantes.-
Que, en conformidad con lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 68
establece que: “Se requerirá doble lectura para la sanción de las ordenanzas que dispongan....”
Inc. j) Autorizar la donación de bienes inmuebles;... en Sesión Extraordinaria de fecha 29/09/2016, con
la aprobación por unanimidad, se materializó la primera lectura del presente proyecto y se realizó
Audiencia Pública el día 02/11/2016.-
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 23/11/2016, se aprobó por unanimidad en segunda
lectura.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56° y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2654/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: INCORPÓRASE: al Patrimonio Municipal el Lote 1 de la Manzana 145,
Nomenclatura Catastral 13-20-040—3427-0000, originado por Expediente
de Mensura Nº 4796-12836/10, Reserva Fiscal, con una superficie de 11.443,00 m².-
ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE: el proyecto de división del Lote 1 de la Manzana 145
Nomenclatura Catastral 13-20-040—3427-0000, cuya copia adjunta a la
presente siendo parte integrante de esta Ordenanza.-
ARTÍCULO 3º: DESAFÉCTASE: al Patrimonio Municipal el Lote 2 de la Manzana 145,
según proyecto de división adjunto, de una superficie de 8.059,00 m², para el
emplazamiento de una escuela primaria y un jardín de infantes, dependiente del Consejo
Provincial de Educación de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 4º: FACÚLTASE: al Ejecutivo Municipal a realizar la matriculación del
Inmueble, descripto en el Artículo 1°, ante el Registro de la Propiedad
Inmueble de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 5º: ESTABLÉCESE: que un plazo máximo de veinticuatro (24) meses de
promulgada que fuere la presente ordenanza, se realice el llamado a
licitación para la ejecución de la Escuela Primaria y Jardín de Infantes.-
ARTÍCULO 6º: FÍJASE: que los GASTOS DE ESCRITURACION, correrán por cuenta y
orden del Consejo Provincial de Educación de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 7º: DISPÓNGASE: que la POSESION, será de efecto inmediato hacia el
Consejo Provincial de Educación, al momento de iniciarse la obra
respectiva.-
ARTÍCULO 8º: DETERMÍNASE: que Mensura de división del presente inmueble será por
cuenta y orden de la Municipalidad.
ARTÍCULO 9º: Conforme lo normado en el Artículo 68 de la Carta Orgánica Municipal, se fijó
la primera lectura en la Sesión Extraordinaria de fecha 29/09/2016 y se realizó
Audiencia Pública el 02/11/2016, en la Sala de Sesiones General José de San Martín, y en Sesión
Ordinaria de fecha 23/11/2016, se aprobó por unanimidad en segunda lectura el presente proyecto
de ordenanza.-
ARTÍCULO 10º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.
ARTÍCULO 11º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE
SAN MARTIN” CONCEJO DELIBERANTE DE L CIUDAD DE JUNIN DE LOS
ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1877/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES