Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2163/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2163/2012
VISTO: El Expediente C.D. Nº 6302/12 de fecha 18 de Septiembre de 2012 iniciado por el
Presidente de la Fundación Comunitaria Huiliches, Arq. Alejandro Santana, en el
cual eleva propuesta de modificación y actualización de las tarifas de ingreso al Parque Vía
Christi de Junín de los Andes y;
CONSIDERANDO:
Que, el citado Expediente se remite a este Cuerpo Deliberativo para su tratamiento
cuya propuesta de modificación y actualización de las tarifas de ingreso al Parque Vía Christi
fue tratada en reuniones de Comisión de Seguimiento de dicho Parque.-
Que, mediante Ordenanza Nº 1912/2010 se establecen los valores del bono
contribución para el acceso a la Obra – Parque Vía Christi.-
Que, dado el avance y magnitud de la Obra es necesario modificar la tipología de
“bono contribución” y ser reemplazada por “entrada”, como así también el valor de ingreso
ya que la misma no se incrementa desde Noviembre del 2010.-
Que, la categoría entrada implica la obligación de pago, dando lugar a implementar
diferentes bonificaciones.-
Que, con el aporte en concepto de entrada el visitante se vea comprometido con el
cuidado y protección de nuestro patrimonio cultural y natural.-
Que, con esta nueva categoría y un valor agregado en el servicio, trato personalizado,
visita guiada, folletería e incorporación de nuevos servicios genera otra expectativa y
predisposición en el visitante.-
Que, el cobro de la entrada se debe realizar mediante la implementación de un
talonario numerado según valor general de la entrada y sus bonificaciones.-
Que, es importante mencionar que al tratarse de “Entrada” y por ser el Municipio el
ente recaudador se deberá incluir un seguro de espectador para todo visitante que permanezca
en el predio del Parque, respondiendo ante algún siniestro con el comprobante de ingreso.-
Que, la inclusión de un seguro de responsabilidad civil para el visitante en el valor de
la entrada es sumamente importante para prevenir futuras demandas ante siniestros y brindarle
un marco de seguridad a quienes recorren el Parque.-
Que, este incremento se fundamenta principalmente en la intención de valorizar y
jerarquizar la obra, fortalecer su mantenimiento y cuidado, continuidad de trabajos, favorecer
la capacitación e incremento de guías en el sector del parque temático.-
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
10/10/2012, decide sobre tablas y por unanimidad a aprobar los términos de la siguiente
ordenanza.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDOS EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2163/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1: DERÓGANSE: las Ordenanzas Nº 1328/2005; Nº 1543/2008 y Nº
1912/2010.-
ARTÍCULO 2:ESTABLÉCESE: desde la promulgación de la presente el cobro para el
acceso al Parque Vía Christi de una entrada con un solo valor referencial y sus
respectivas bonificaciones conforme el siguiente detalle:
Entrada General: Pesos Veinte ($20.00) por persona, por día.
Bonificaciones:
Estudiantes de nivel primario (mayores de 11 años), medio y superior, jubilados,
pensionados y mayores de 65 años, bonificación del 50 % de descuento por
alumno, por día.
Residentes de Junín de los Andes, Departamento Huiliches, discapacitados y
menores de 10 años inclusive bonificación del 100 %.-
ARTÍCULO 3: INSTRÚYASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar los
Seguros de Responsabilidad Civil correspondientes.-
ARTÍCULO 4: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal que mediante
Resolución instrumente el funcionamiento, administración y control del cobro
de la entrada.-
ARTÍCULO 5: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal y por su intermedio al
área que estime corresponder, a realizar bonificaciones en casos específicos
que les sean requeridos, teniendo en cuenta principios de equidad social para el acceso y
disfrute del Parque a grupos de visitantes de escasos recursos.-
ARTÍCULO 6: DETERMINASE: que los fondos adquiridos en conceptos de entrada serán
depositados en la cuenta especial Santuario Laura Vicuña.-
ARTÍCULO 7: COMUNÍQUESE: lo resuelto al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
conocimiento y efectos y una vez promulgada, por su intermedio, envíese
copia de la presente a la Secretaría de Turismo y por su intermedio a los distintos operadores
turísticos de la ciudad de San Martín y Junín de los Andes, y al Director de la Obra Parque Vía
Christi y Presidente de la Fundación Comunitaria Huiliches, Arq. Alejandro Santana.-
ARTÍCULO 8º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1638/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA