Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1387/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1387/2006
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3542/06 que contiene Nota Nº 422/06 de fecha 11/09/2006 con
la firma del Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, donde remite Convenio
de Comodato celebrado en el mes de agosto de 2006 entre el Ministerio de Producción y
Turismo de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo la Municipalidad cede al Ministerio de Producción y
Turismo hasta el 10 de diciembre de 2007, en carácter de comodato, el inmueble de su
propiedad sito en el Parque Industrial en calle Avenida Paimún y Chimehuín denominado
como Lote 1 de la Manzana 10 con sus instalaciones edilicias y todas las cosas plantadas o
adheridas al mismo.-
Que, el inmueble citado, se destinará exclusivamente para el funcionamiento de la
Unidad Junín de los Andes, del Sistema Provincial de Manejo de Fuego.-
Que, por lo expuesto este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta
Orgánica Municipal, en su Artículo 57, y Despacho Nº 087/06 de la Comisión de
Planificación, Producción y Turismo, en Sesión ordinaria de fecha 20/09/2006 dispone por
unanimidad homologar el citado convenio de comodato con el dictado de la norma respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Comodato celebrado en Agosto de 2006,
entre el Ministerio de Producción y Turismo de la Provincia de Neuquén,
representado por el Sr. Coordinador General del Ministro de Producción y Turismo, Ing.
Aníbal Giustozzi, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor
Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, el cual consta de 8 (ocho) Cláusulas e integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,
y por su intermedio al Ministerio de Producción y Turismo de la Provincia
de Neuquén, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS VEINTE (20) DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1296/06.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES