1387 - Ratificar Convenio Manejo del Fuego.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1387/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1387/2006


VISTO: El Expte. C.D. Nº 3542/06 que contiene Nota Nº 422/06 de fecha 11/09/2006 con


la firma del Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, donde remite Convenio


de Comodato celebrado en el mes de agosto de 2006 entre el Ministerio de Producción y


Turismo de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo la Municipalidad cede al Ministerio de Producción y


Turismo hasta el 10 de diciembre de 2007, en carácter de comodato, el inmueble de su


propiedad sito en el Parque Industrial en calle Avenida Paimún y Chimehuín denominado


como Lote 1 de la Manzana 10 con sus instalaciones edilicias y todas las cosas plantadas o


adheridas al mismo.-


Que, el inmueble citado, se destinará exclusivamente para el funcionamiento de la


Unidad Junín de los Andes, del Sistema Provincial de Manejo de Fuego.-


Que, por lo expuesto este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta


Orgánica Municipal, en su Artículo 57, y Despacho Nº 087/06 de la Comisión de


Planificación, Producción y Turismo, en Sesión ordinaria de fecha 20/09/2006 dispone por


unanimidad homologar el citado convenio de comodato con el dictado de la norma respectiva.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Comodato celebrado en Agosto de 2006,


entre el Ministerio de Producción y Turismo de la Provincia de Neuquén,


representado por el Sr. Coordinador General del Ministro de Producción y Turismo, Ing.


Aníbal Giustozzi, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor


Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, el cual consta de 8 (ocho) Cláusulas e integra la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,


y por su intermedio al Ministerio de Producción y Turismo de la Provincia


de Neuquén, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo Concejal Miguel


Ángel Guidali.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS VEINTE (20) DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1296/06.-











MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES