2363 - 14 Ratificación Acuerdo de Hermanamiento e Integración Municipio e Intendencia Departamental Florida (Uruguay).pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2363/2014



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 7203/14 de fecha 24/04/2014 iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, donde remite Acuerdo de Hermanamiento e Integración suscripto entre la


Intendencia Departamental de Florida de la República Oriental del Uruguay y la Municipalidad de


Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:



Que, el “Acuerdo de Hermanamiento e Integración”, tiene la intención de estrechar la


amistad entre ambos Municipios para fortalecer la relación bilateral entre la República Argentina y


la República Oriental del Uruguay.-


Que, el presente acuerdo tiene como objeto promover la cooperación, la integración y


complementación de las Partes, en base a principios de igualdad, confianza y beneficio mutuo en


una relación a largo plazo.-


Que, en su cláusula segunda el Acuerdo, promueva a que las Partes realicen acciones


tendientes a la cooperación y complementación mutua en las siguiente áreas: a) Políticas Públicas;


b) Integración Productiva; c) Asuntos Culturales y Educativos; d) Deporte y Recreación; e)


Fortalecimiento Institucional; f) Ciencia y Tecnología; g) Turismo; h) Programas de inclusión


social; i) Otras áreas de interés común que favorezcan la integración regional.-


Que, en conformidad a lo expresado en Despacho Nº 028/14 de la Comisión Interna de


Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/05/2014, resuelve por


unanimidad homologar el “Acuerdo de Hermanamiento e Integración” referenciado.-


Que, este Cuerpo Deliberativo propicia y apoya todas las acciones tendientes a fortalecer


los lazos de amistad e integración con la Comuna de Florida de la República Oriental del Uruguay,


debiendo al efecto dictarse la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el “Acuerdo de Hermanamiento e Integración”, celebrado en


fecha 25 de Marzo de 2014, ente la Intendencia Departamental de Florida de la


República Oriental del Uruguay, representada por su Intendente Departamental, Don Carlos


Enciso Christiansen y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por su Intendente


Municipal, Don Juan Domingo Linares, el cual integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal. Una vez promulgada, por su


intermedio, envíese copia de la presente al Intendencia Departamental de Florida


de la República Oriental del Uruguay.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 1.727/14.-









GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA