2675 - 17 Adenda Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua de Intercambio de Información Municipio - Provincia.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2675/2017



VISTO: El Expte. C.D. Nº 8946/17 que contiene Nota Externa Nº 101/17 firmada por el Sr. Intendente


Municipal, Don Carlos A. Corazini, por la cual solicita se convoque a Sesión Extraordinaria, a


los efectos de dar tratamiento y autorización a suscribir Convenio de Asistencia y colaboración entre el


Gobierno de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes por el periodo Marzo


2017 – Marzo 2018, y;


CONSIDERANDO:


Que, en el citado Convenio las partes ratifican los objetivos plasmados en los Convenios Marco


de Compromisos, Cooperación Muta e Intercambio de Información con Municipio de la Provincia del


Neuquén suscriptos durante los años 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y Addenda y 2017 (enero - febrero) en


pos del mejoramiento de la gestión municipal, en especial los referidos al fortalecimiento de la autonomía


fiscal a partir del incremento de la recaudación propia y a la armonización tributaria, mejorar la


transparencia de la información de las cuentas públicas, actualizar la información catastral así como los


registros de la propiedad automotor.-


Que, la Provincia, podrá otorgar asistencia financiera al Municipio con destino a cubrir gastos


de remuneración neta mensual del personal municipal como así también otros gastos corrientes incluido el


Sueldo Anual Complementario, a través de Aportes Reintegrables.-


Que, los aportes reintegrables que otorgue la Provincia por el presente Convenio se harán


efectivos una vez que el Municipio obtenga la autorización del Concejo Deliberante con la sanción de la


correspondiente Ordenanza, que autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el


Gobierno de la Provincia del Neuquén en el marco del presente Convenio, y la autorización para afectar


recursos de Coparticipación Provincial (Ley 2148 Art. 4º), y Canon Extraordinario de Producción (Ley


2615 Art. 7º).-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de marzo de 2017, dispuso


sobre tablas y por unanimidad autorizar al Ejecutivo Municipal a suscribir el citado Convenio, con el


dictado de la norma pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA


MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA


CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA


CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio de


Asistencia y Colaboración entre el Gobierno de la Provincia del Neuquén y la


Municipalidad de Junín de los Andes – Periodo Marzo 2017 – Marzo 2018.-.-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que una vez firmado el Convenio mencionado en el Artículo 1º de la


presente, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir el mismo al Concejo


Deliberante, para su homologación.-


ARTÍCULO 3º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez promulgada,


por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno de la Provincia del Neuquén.


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 1889/17.-














LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES