1903 - 10 Excepcion Venta de Pancho Sr. Alberto Vázquez.pdf








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1903/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1903/2010



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5207/10 de fecha 15/09/2010 y la Nota Nº 691/10 de este Concejo


Deliberante enviada al Ejecutivo Municipal en fecha 23/09/2010, con relación a la


situación del Sr. Alberto Vázquez, D.N.I. Nº 7.687.256, y;




CONSIDERANDO:




Que, el vecino Don Alberto Vázquez fue “pionero” en venta de panchos en nuestra


localidad, pequeño emprendimiento que lleva adelante desde hace muchos años en la Terminal


de Ómnibus.-




Que, este Cuerpo Deliberativo considera fundamental el apoyo y fomento de las


actividades que generen el trabajo independiente y el autosustento.-




Que, el Artículo 145 de la Carta Orgánica Municipal establece que: “La Municipalidad
garantizará la prevención y la fiscalización bromatológica, desarrollando en forma sistematizada y


continua acciones de divulgación y educación. Coordinará planes de capacitación y actualización


permanente, en particular para aquellas personas que produjeren, elaboraren, procesaren, manipularen


y comercializaren alimentos, con el fin de acrecentar su idoneidad y responsabilidad”.-




Que, el Artículo 150 de establece que: “La Municipalidad de Junín de los Andes
promoverá las actividades que generan trabajo genuino y produce un crecimiento económico y


bienestar general en la comunidad”.-




Que, el Código Tributario Municipal – Ordenanza Nº 1604/2008 – en su Capítulo


VII establece Derecho de Habilitación e Inscripción de Actividades Lucrativas) y en su


Capítulo VIII establece el Derecho de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de


Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios.-




Que, la Ordenanza Tarifaria Municipal Nº 1839/2010 en su Capítulo IX – Derecho


de Ocupación o uso de espacios públicos, Artículo 24º, Inc. a) punto 1 establece que por el uso


u ocupación habitual de la vía pública, se pagará anualmente: Kioscos y puestos no


esporádicos por cada m² o fracción: $ 80,00.-




Que, en vista de todo lo expuesto, conforme Despacho Nº 165/10 de la Comisión de


Desarrollo Social y Gobierno, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


20/10/2010, dispone por unanimidad aprobar el presente proyecto de Ordenanza.-
































ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1903/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al vecino Don Alberto Vázquez D.N.I. Nº 7.687.256, para


llevar adelante su pequeño emprendimiento de venta de panchos, en el


espacio adyacente a la Terminal de Ómnibus de nuestra localidad, conforme las exigencias


establecidas por la Dirección de Bromatología e Higiene y/o toda otra normativa al respecto.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE de manera excepcional y por única vez que el Señor


Alberto Vázquez quedará exento de realizar todos los trámites establecidos


en el Capítulo VII (Derecho de Habilitación e Inscripción de Actividades Lucrativas) y


Capítulo VIII (Derecho de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Actividades


Comerciales, Industriales y de Servicios) del Código Tributario Municipal – Ordenanza Nº


1604/2008.-




ARTÍCULO 3º: DISPÓNGASE que por el uso del espacio público municipal descripto en el


Artículo 1º de la presente Ordenanza, el vecino Vázquez abonará el monto


establecido en el Capítulo IX - Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Públicos - Artículo


24) Inciso a) – 1) de la Ordenanza 1839/2010 Tarifaria anual y sus futuras modificaciones.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y por su


intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales que


corresponda y al interesado.-




ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL


AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1523/10.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA