1378 - Ratificar Convenio Copade - Municipio Plan Desarrollo Estrategico Junín de los Andes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1378/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1378/2006



VISTO: El Expte. Nº 3158/06 Fº “B” de fecha 22/08/2006 del registro del Departamento


Ejecutivo Municipal que contiene Convenio de Asistencia Técnica entre la Dirección


Provincial del COPADE y el Municipio de Junín de los Andes, celebrado en fecha


17/08/2006, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado Convenio, tendrá como objeto la Asistencia Técnica entre el COPADE


y el Municipio, a efectos de elaborar el “Plan de Desarrollo Territorial Estratégico de


Junín de los Andes”, el cual permitirá definir un modelo urbano-rural sustentable y


concertado para todo el ejido de Junín de los Andes en un marco de desarrollo sustentable. El


plan de tareas se adjunta como anexo del presente convenio.-


Que, el COPADE, se compromete conforme los recursos disponibles del Consejo


Federal de Inversiones – CFI, a gestionar la elaboración del citado Plan de Desarrollo


Territorial Estratégico por intermedio de un equipo técnico del Foro Latinoamericano de


Ciencias Ambientales (FLACAM).-


Que, el COPADE, designa a la Dirección General de Planificación Regional a través


de la Dirección Región Sur para la coordinación y articulación con el Municipio, otros entes


del Estado Provincial y el equipo técnico del Plan, a efectos de garantizar la finalidad


establecida en el artículo primero del presente convenio.-


Que, el Municipio, coadyuvará al cumplimiento del presente convenio mediante la


realización de cualesquiera de las tareas o actividades que le sean requeridas tanto desde la


coordinación de COPADE como del equipo técnico que presenten la asistencia convenida.-


Que, la Carta Orgánica Municipal, bajo el Título “PROMOCION DEL


DESARROLLO”, Artículo Nº 13 dice: “La Municipalidad promoverá el desarrollo humano, el


desarrollo productivo y económico y garantizará la preservación del ambiente por medio de la


ejecución de las políticas especiales establecidas en esta Carta Orgánica, sin perjuicio de otras


acciones que fuere necesario realizar con los mismos propósitos y objetivos”.-


Que, el Artículo Nº 18 de la Carta Orgánica Municipal con el Titulo “RELACIONES


DEL MUNICIPIO” prevé promover políticas de concertación con otros municipios, la


Provincia y la Nación y la participación en organismos regionales de planeamiento,


promoción, consulta y decisión, siendo esa participación activa en la elaboración y ejecución


de Planes de Desarrollo Regional propuestos por organismos Gubernamentales y no


Gubernamentales, Provinciales, Nacionales....”.-


Que, con el Titulo “PLANIFICACIÓN” en el Artículo Nº 20 de la Carta Orgánica


Municipal, establece: “La Municipalidad promoverá la planificación integral para establecer


estrategias de desarrollo que contemplen los intereses locales, provinciales, regionales y


nacionales. Su principal objetivo será una ciudad funcionalmente equilibrada, integrada y


articulada con su entorno rural y natural”.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1378/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, el Artículo Nº 21 de la Carta Orgánica Municipal, con el Titulo


“DESARROLLO HUMANO, PRODUCTIVO Y ECONÓMICO”, norma que: La


Municipalidad deberá proveer lo conducente para:
a) El desarrollo humano y comunitario;
b) El progreso económico con justicia social;
c) La productividad de la economía local;
d) La generación de empleo y la reconversión de la mano de obra;
e) La formación y capacitación de sus trabajadores; y
f) La investigación y el desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento.




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la


Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 070/06 de la Comisión de Planificación, Producción


y Turismo, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 30/08/2006, resuelve por


unanimidad homologar el Convenio en cuestión.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio celebrado en fecha 17 de Agosto de 2006 entre


la Dirección Provincial del COPADE dependiente de la Secretaría de Estado


General de la Gobernación, representada por el Ing. Carlos CIAPPONI en su carácter de


Director Provincial, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor


Intendente Municipal, Don Ángel C. HERRERA; el cual integra la presente como “Anexo I”.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada elévese copia de la presente a la Dirección Provincial del


COPADE dependiente de la Secretaría de Estado de la Gobernación, a sus afectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL


AÑO DOS MIL SEÍS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1293/06.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES