2630 - 16 Homologar Convenio Subsecretaría Gestión Pública Plan Provincial Gobierno Electrónico-Integrabilidad Fuente Auténtica.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2630/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2630/2016



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 8617/16 de fecha 16/08/2015 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el cual eleva adjunto Convenio entre la Secretaría de


Gestión Pública de la Provincia del Neuquén (“El Coordinador”) y la Municipalidad de Junín


de los Andes (“La Fuente Auténtica”), en el marco del Plan Provincial de Gobierno


Electrónico y Directiva Nº 001GE-2008-SGPyCE-Integridad, y;


CONSIDERANDO


Que, la Cláusula Primera del citado Convenio establece que: El presente acuerdo, tiene
como objeto otorgar la calidad de Fuente Auténtica ((FA) por parte del “COORDINADOR”, a “LA


FUENTE AUTÉNTICA”, en un todo de acuerdo al presente y en cumplimiento de la normativa


vigente. Asimismo “LA FUENTE AUTÉNTICA” debe proveer los datos requeridos por los
Usuarios/Clientes que, por su especificidad y/o área de competencia le correspondan entender.-.




Que, la Cláusula Segunda establece que: Ambas partes se comprometen a brindar sus
mejores esfuerzos para colaborar recíprocamente en el cumplimiento de las finalidades plasmadas en


la Ley de Ministerios, la directiva de Integridad Nº 001GE-2008-SGPyCE y el Decreto Nº 2223/08
sobre Política de Seguridad de la Información para los Organismos de la Administración Pública


Provincial, en la elaboración y ejecución de estrategias y programas orientados a optimizar el


intercambio seguro de información y datos entre Organismos; sin perjuicio de respetar el derecho a la


intimidad y honor de las personas; asegurando el derecho consagrado en el Artículo 43º de la
Constitución Nacional, reglamentado por Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326. La


normativa citada y toda aquella derivada que se dicte en el futuro constituirán el marco legal en el que


se interpreten todas las cláusulas del presente acuerdo instrumental y aquellas actas complementarias
que se celebren en el futuro.-




Que, la Cláusula Tercera establece que: “A fin de cumplir con los objetivos mencionados
en la Cláusula precedente, “LA FUENTE AUTÉNTICA” deberá informar al “COORDINADOR”,


respecto a cualquier modificación y/o cambio sobre “LA FUENTE AUTÉNTICA”, de forma tal de
garantizar el pleno acceso a los datos asociados dicha Fuente.-




Que, la Cláusula Cuarta establece que: “EL COORDINADOR” proveerá asistencia
técnica a la “LA FUENTE AUTÉNTICA” en todas las acciones referidas a la ejecución del presente


acuerdo y de las actas complementarias que en su consecuencia se suscriban. Tal asesoramiento


incluirá en particular, aspectos metodológicos y tratamiento de la información y cuando sea menester,


recibirá diagnósticos específicos y la recomendación de acciones concretar.-




Que, la Cláusula Quinta establece que: “LA FUENTE AUTÉNTICA” cede al “COORDINADOR”
la facultad de autorizar el consumo de los datos ofrecidos, a favor de aquellos Usuraos/Clientes que
soliciten y justifiquen legalmente dicha necesidad. Cabe aclarar que el “COORDDINADOR” nunca


verá el contenido de la información entregada al Usuraos/Clientes.-













RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2630/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso


sobre tablas y por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 07/09/2016, ratificar dicho


Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Colaboración entre la Secretaría de


Gestión Pública de la Provincia del Neuquén, representada por el Ing.


Esteban Laffitte, en adelante “EL COORDINADOR” y la Municipalidad de Junín de los


Andes, representada pro el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos Corazini, en adelante “LA


FUENTE AUTÉNTICA”, en el marco del Plan Provincial de Gobierno Electrónico y


Directiva Nº 001GE-2008-SGPyCE-Integridad, el cual contiene siete (7) Cláusulas e integra


la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN”


CONCEJO DELIBERERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1864/16.-













RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA