Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3168/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3168/2021
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 1678/21 fecha 01/06/2020 que contiene documentación referente
a solicitud de cambio de titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 36,
de la Manzana 149, ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Cecilia G. Curiñanco solicita el cambio de titularidad del certificado de pre-
adjudicación del lote 36 de la manzana 149, el que fuera pre adjudicado al Sr. Alfonso Pedro
Marcelino, conforme Ordenanza N° 1846/2010.-
Que, a tal efecto desde la Secretaria de Familia y Fortalecimiento Comunitario, Coord.
Área Técnica Social se elabora informe socio-ambiental, donde se evidencia las condiciones
habitacionales.-
Que, asimismo en foja cinco (5)consta Declaración Jurada N° 426/2016, donde el Sr.
Alfonso desiste de su condición de pre-adjudicatario y autoriza a que la Sra. Curiñanco, madre del
hijo que tienen en común, haga posesión del inmueble en cuestión.-
Que, el certificado de pre adjudicación aprobado por Ordenanza N° 1873/10, establece
“PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda cesión de los derechos de
pre adjudicación o adjudicación. En la resolución de adjudicación se dejará expresa constancia que
será nula y de ningún valor toda transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos
adquiridos por dicha resolución, sin previa autorización municipal de conformidad a los
fundamentos del artículo primero de la presente, la que deberá ser debidamente fundada y
autorizada por el Concejo Deliberante”.-
Que, conforme Despacho Nº 056/2021 de la Comisión de Gobierno y Acción Social, en
Sesión Ordinaria de fecha 11-08-2021, resuelve por unanimidad, dictar la presente norma legal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados
para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, al
Sr. ALFONSO PEDRO, DNI N° 25.357.377, aprobado mediante Ordenanza 1846/2010.
ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. CURIÑANCO CECILIA
GEORGINA, DNI N° 33.635.187, y transfiéranse los derechos de pre-
adjudicación del lote 36- manzana 149, sito en calle Avda. Aminahuel ubicado en el loteo social,
según los antecedentes obrantes en expediente N° 1678/21, el que diera origen a la presente
norma.
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal de
Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2120/21.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE
VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA