Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2255./13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2255/2013
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6649/12 de fecha 22/04/2013 iniciado por la Asociación de Taxis
de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, solicita al Cuerpo Deliberativo se analice la posibilidad de
otorgar aumento de la tarifa de taxi, ya que consideran que el precio actual no cubre los gastos
de los permisionarios del servicio de taxis en nuestra localidad como así también el
incremento de los alimentos de primera necesidad.-
Que, a fs. 02 se adjunta Tabla Comparativa de Precios de Insumos para Taxis años
2011, 2012 y 2013, elaborada por dicha Asociación.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo
124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los
servicios de carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las
jurisdicciones reservadas a los Estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades
delegadas y/o concurrentes cuando ello procediere. El Concejo Deliberante estará facultado
para establecer tarifas diferenciales para casos de carencias u otros que considerare”.-
Que la Comisión Interna de Turismo emitió su Despacho 021/2013, dictaminando
aprobar el incremento tarifario, detallada en la 2da. Opción de la propuesta presentada por la
Asociación de Taxis - Despacho este que fue tratado sobre Tablas y aprobado por unanimidad
en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de mayo del corriente año.-
Que, al efecto se debe derogar la 2127/2012 de fecha 25/07/2012, que establece la
tarifa de taxi anterior.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2255./13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
ARTÍCULO 1º: FIJASE que la Tarifa para la prestación del servicio de Taxis en la Ciudad
de Junín de los Andes, se ajustará, a partir de la promulgación de la presente,
a los siguientes valores máximos:
DIURNA:
1) Bajada de Bandera: $ 6,00.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 0,60.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,60.-
NOCTURNO:
1) Bajada de Bandera: $ 7,00.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 0,70.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,70.-
ARTÍCULO 2º: FIJASE: que el horario de la Tarifa nocturna será de 23:00 hs a 06:00 hs.
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que no se volverá a evaluar propuesta de cambios de
tarifa hasta el mes de Julio de 2014.-
ARTÍCULO 4º: DERÓGASE: la Ordenanza Nº 2127/2012 de fecha 25/07/2012.-
ARTÍCULO 5º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Promulgada
que fuere remítase copia a al Departamento de Tránsito y Transporte
Municipal y por su intermedio todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro
transporte público de pasajeros.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1669/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA