ORDENANZA Nº 1781/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1781/2009
VISTO: El Expte. Nº 730/11 Letra “A” de fecha 09/03/2011 iniciado ante el
Departamento Ejecutivo Municipal por la Sra. Pamela Laura Marré, D.N.I. Nº 21.785.278,
CONSIDERANDO
Que, en el mismo solicita derecho de Ocupación de Espacio Público, para Kiosco y
Puesto no esporádico (ambulante), con la venta de gaseosas y panchos, en la costa del Río
Quilquihue, en el playón al lado del Destacamento policial.-
Que, este pedido se fundamenta para poder brindar un servicio, tanto a los turistas y
residentes que visitan esa región.-
Que, en Nota S/Nº de fecha 24/05/2011, firmada por el Arq. Pablo A. Giacometti,
informa que atento a la solicitud para uso esporádico del espacio publico municipal en el loteo
quilquihue destinado a puesto de venta de alimentos y bebidas, se verifica que la zona indicada
para tal uso se encuentra en espacio público municipal con características correspondientes a
área natural protegida y encuadrada como “zona de uso público controlado”, no especificando
la Ordenanza Nº 912 que fija los índices para el Loteo Quilquihue, ninguna reglamentación
que afecte a lo que se pretende realizar.-
Que, la Ordenanza Nº 1644-08, en el Capítulo XI – Derechos de Inspección, Control
de Seguridad, Higiene y Moralidad de Espectáculos Públicos y Diversiones, Artículo 34) De
los Espectáculos Públicos, establece que la autorización para bailes o espectáculos públicos se
cobrarán conforme el siguiente detalle: a) Autorización de bailes populares $ 50,00; b)
Presentación de bandas y/o grupo musicales y otros $ 150,00, c) Presentación de bandas y/o
grupos musicales locales $ 70,00.-
Que, en vista de todo lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de
fecha 18/11/09, dispuso sobre tablas y por unanimidad dar curso favorable a lo solicitado.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 1781/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: EXIMASE del pago del arancel establecido en el Inc. b) Presentación de
bandas y/o grupo musicales y otros $ 150,00, Artículo 34) De los
Espectáculos Públicos - Capítulo XI – Derechos de Inspección, Control de Seguridad, Higiene
y Moralidad de Espectáculos Públicos y Diversiones – Ordenanza Nº 1644-08, a la
Agrupación Amigos del Folklore, conforme lo solicitado en Expte. del D.E.M. Nº 5166/09
Letra “A” de fecha 12/11/09.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación
y por su intermedio a la Agrupación Amigos del Folklore y a las Secretarías
Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1464/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA