Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2580/2016
VISTO: La Ordenanza Nº 1533/07 de fecha 05/12/2007, por la cual se ratifica el Convenio
de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de Noviembre de 2007 entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Néstor Zúñiga, y el Expte C.D. Nº 8373/2016
iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual solicita derogación de la
Ordenanza mencionada, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 1533/07 aprueba el Convenio en el cual La “Municipalidad”
vende, cede y transfiere al “Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto
por Ordenanza N° 479/95, su modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006,
una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada
como Lote 8 de la Manzana 91, Nomenclatura Catastral 13-20-056-4769.
Que, mediante el Expte C.D. Nº 8373/16 se solicita al Concejo Deliberante la
derogación de la Ordenanza Nº 1533/07 que homologa el Convenio y se dé de Baja del
Sistema Contable (EFIMUNI).
Que, en la documentación obrante en el Expte, a foja 02, consta el Mandamiento de
Desahucio dictado por el Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial,
Laboral y Minería Nº 1 de la Cuarta Circunscripción Judicial con asiento en Junín de los
Andes, Dr. Joaquín Cosentino, por el cual ordena se proceda al desahucio del Sr. Néstor
Fabián Zúñiga y cualquier otro ocupante del inmueble mencionado, poniendo en posesión del
mismo a la Municipalidad de Junín de los Andes, labrándose el acta circunstanciada de dicho
acto.
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 13/04/2016, conforme lo
establecido en Despacho Nº 034/2016, emitido por la Comisión de Economía aprobado por
unanimidad, resuelve derogar la Ordenanza Nº 1533/2007.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DEROGASE: en todos sus términos la Ordenanza Nº 1533/2007.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos; y por su
intermedio notifíquese al presentante.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1843/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES