2580 - 16 Derogación Total Ordenanza Nº 1533-2007.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



O R D E N A N Z A Nº 2580/2016



VISTO:
La Ordenanza Nº 1533/07 de fecha 05/12/2007, por la cual se ratifica el Convenio


de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de Noviembre de 2007 entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Néstor Zúñiga, y el Expte C.D. Nº 8373/2016


iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual solicita derogación de la


Ordenanza mencionada, y;


CONSIDERANDO:


Que, la Ordenanza Nº 1533/07 aprueba el Convenio en el cual La “Municipalidad”


vende, cede y transfiere al “Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto


por Ordenanza N° 479/95, su modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006,


una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada


como Lote 8 de la Manzana 91, Nomenclatura Catastral 13-20-056-4769.


Que, mediante el Expte C.D. Nº 8373/16 se solicita al Concejo Deliberante la


derogación de la Ordenanza Nº 1533/07 que homologa el Convenio y se dé de Baja del


Sistema Contable (EFIMUNI).


Que, en la documentación obrante en el Expte, a foja 02, consta el Mandamiento de


Desahucio dictado por el Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial,


Laboral y Minería Nº 1 de la Cuarta Circunscripción Judicial con asiento en Junín de los


Andes, Dr. Joaquín Cosentino, por el cual ordena se proceda al desahucio del Sr. Néstor


Fabián Zúñiga y cualquier otro ocupante del inmueble mencionado, poniendo en posesión del


mismo a la Municipalidad de Junín de los Andes, labrándose el acta circunstanciada de dicho


acto.


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 13/04/2016, conforme lo


establecido en Despacho Nº 034/2016, emitido por la Comisión de Economía aprobado por


unanimidad, resuelve derogar la Ordenanza Nº 1533/2007.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: DEROGASE: en todos sus términos la Ordenanza Nº 1533/2007.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos; y por su


intermedio notifíquese al presentante.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL


DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1843/16.-











RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES