Ordenanza N° 1198 Ratifíquese Convenio Sr. Pallero P. Industrial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1198/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1198/2004



VISTO:
El Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque Industrial celebrado en el


mes de Agosto de 2004 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Nelson


Fabián Pallero, titular del D.N.I. Nº 26.148.825, con domicilio legal en Avda. Neuquén 380 de


Junín de los Andes, el cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme Exptes.


Administrativo iniciado ante el Departamento Ejecutivo Municipal identificados con los Nºs.


8205/03 y 12.795/04, y;


CONSIDERANDO:




Que, las partes convienen en celebrar el citado convenio para formalizar la


transferencia del predio ubicado en Parque Industrial que oportunamente adquiriera el Sr.


Guillermo Burchhost (según Ordenanza Nº 760/99), en un todo de acuerdo al Despacho Nº


049/04 emitido por la Comisión de Economía y Hacienda del Concejo Deliberante.-



Que, a través del mismo la “Municipalidad” autoriza la transferencia del bien en cuestión


a favor del “Adquirente” y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº


479/95 y su modificatoria Nº 1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial


de Junín de los Andes, identificada como parte del Lote 1 de la Manzana 9184, Nomenclatura


Catastral 13-20-054-9956, según Plano de Mensura y Subdivisión del Expediente de Mensura


aprobado por la Dirección Provincial de Catastro, bajo el Nº E-2756-5945/01, con una superficie


de Un Mil Quinientos Metros Cuadrados (1.500 m²), o los que en más o en menos resulte de la


mensura definitiva a practicarse por la “Adquirente”.




Que, la Tasa de Transferencia se establece en la suma total y única de pesos nueve


mil ($ 9.000,00), según lo establecido en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1147/2004 que “El


Adquirente” se compromete a cancelar conforme forma de pago establecida en Cláusula


Segunda del citado Convenio.-




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la


Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 166/2004 del 12/10/2004 de la Comisión de


Economía y Hacienda, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 15/10/2004, resuelve por


unanimidad ratificar el Convenio en cuestión, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1198/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A




ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque


Industrial celebrado en el mes de Agosto de 2004 entre la Municipalidad de


Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y el


Señor Secretario de Planificación, Producción y Gestión Ambiental, Don Marcelo E. Banchio,


y el Sr. Nelson Fabián Pallero, titular del D.N.I. Nº 26.148.825, con domicilio legal en Avda.


Neuquén 380 de Junín de los Andes, el cual consta de diez (10) Cláusulas y Condiciones e


integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal


Humberto Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL


CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1194/04.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA