3129 - 21 Otorgar 10% descuento Tasa Servicios Retributivos Exptes. D.E.M. Nº 3626-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3129/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3129/2021




VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 3626/21, de fecha 23/12/2020, del Sr. Ramírez, Armando D.N.I.


N ° M 8.850.791 de fecha 23/12/2020, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Sr. Ramírez Armando solicita la renovación del Beneficio concedido por el


Departamento Ejecutivo Municipal mediante Resolución N° 072/20, enmarcado en la Ordenanza


2187/12 (actualmente derogada), y la que venció en enero del año 2021;




Que, en expediente de referencia, foja 07, obra relevamiento social, donde certifica que


el único ingreso económico es a través de haberes jubilatorios,




Que, este Concejo considera que los montos establecidos en Ordenanza N° 2995/20 –


Art. 10 – Inciso C, se encuentran desactualizados, conforme la economía actual del país;




Que, conforme comprobante de ingreso jubilatorio obrante en el expediente, se


considera insuficiente para afrontar todos los gastos básicos cotidianos.




Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/04/2021, conforme al Despacho Nº


040/21 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, aprobado por unanimidad, se dicta la norma


legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:





O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del 10 % (diez por ciento), en concepto de


descuento de Tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble a favor del Sr.


Ramírez Armando DNI N° M 8.850.791, sobre lote ubicado en calle Los Notros 325, Barrio


Primeros Pobladores, casa Nº 46, conforme expediente N° 3626/20 (DEM).-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


interesado.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


SIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2101/21.-







LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES