Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2392/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2392/2014
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7354/14 de fecha 22/07/2014, iniciado por el Sr. Intendente
Municipal, Don Juan Domingo Linares, remite Convenio exclusivo por orden de
trabajo sobre “Curso de Capacitación para Inspectores Bromatológicos” y su Anexo I,
celebrado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Instituto Nacional de Tecnología
Industrial (INTI), y;
CONSIDERANDO
Que, el citado Convenio tiene por objeto ordenar los esfuerzos comunes de las partes
a fin de implementar las acciones de capacitación teórico-prácticas, denominada “CURSO DE
CAPACITACIÓN PARA INSPECTORES BROMATOLÓGICOS”.-
Que, la Cláusula Segunda expresa que el (INTI) Instituto Nacional de Tecnología
Industrial, será responsable de llevar a cabo las diferentes acciones de formación, enmarcados
en la promoción de la capacitación y jerarquización técnica de los trabajadores del estado, en
particular los inspectores municipales, buscando potenciar su rol como verificador e impulsor
de la inocuidad alimentaria.-
Que, en la Cláusula Tercera se establece que el Municipio será responsable de la
convocatoria y selección de los participantes del presente programa con la finalidad de
fortalecer las capacidades técnicas del estado.-
Que, la Cláusula Cuarta estipula que el Municipio proporcionará al INTI el espacio
físico adecuado para el desarrollo de las actividades.-
Que, en la Cláusula Décimo Primera se establece el tiempo de vigencia que tendrá el
Convenio, siendo este entre el 15 de junio de 2014 y el 31 de Diciembre de 2014. La
finalización del mismo deberá ser informada por cualquiera de las partes mediante nota con no
menos de 30 días corridos de antelación.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, bajo el titulo “Desarrollo Humano, Productivo y
Económico”, Artículo 21 establece que “La Municipalidad deberá proveer lo conducente
para:
e) La formación y capacitación de sus trabajadores.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y
conforme lo expresado en Despacho Nº 084/14 de la Comisión interna de Promoción del
Empleo y Desarrollo Territorial, dispuso por mayoría de seis (6) votos a favor y una (1)
abstención, homologar el citado Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2392/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio celebrado en fecha 09 de Junio de 2014 entre el
INSTITUTO NACIONAL DE TECONOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI),
representado por el Señor Director, Ing. Ángel Casabona, D.N.I. Nº 8.503.643, domiciliado en
el Mercado Concentrador de Neuquén, Ruta 7 km 5 y la MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo LINARES, el
cual consta de Catorce (14) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Instituto
Nacional de Tecnología Industrial (INTI).-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.739/14.-
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA