1585 - 08 Designación Juez de Faltas Municipal Dra. Nelba Segovia.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1585/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1585/2008


VISTO: La Ordenanza Nº 1574/2008, sancionada en fecha 04 de Junio de 2004; mediante la


cual se convoca a profesionales Abogados a INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES


PARA CUBRIR EL CARGO DE JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS, de acuerdo al


presente Concurso Público de Títulos y Antecedentes que convoca el Concejo Deliberante, los


Exptes. C.D. Nº 3975/08 iniciado por la Dra. María Silvina Adad, Nº 3977/08 iniciado por la


Dra. Walquirira R. C. Viano, Nº 3978/08 iniciado por la Dra. Nelba Segovia, Nº 3986/08


iniciado por la Dra. Beatriz Eugenia Seleme, y el Despacho de Comisión de Gobierno Nº


175/2008 tratado en Sesión Ordinaria de fecha 11/06/2008, y;


CONSIDERANDO:


Que, la citada Ordenanza se dictó en un todo de acuerdo a lo preceptuado en los


Artículos 27º - Capítulo I; 69º, 70º, 71º, 72º, 73º, 74º, 75º, 76º, 77º, 78º, 79º, 80º y 81º -


Capítulo IV - de la Carta Orgánica Municipal.-


Que, conforme consta en los citados Exptes. las profesionales presentan curriculum


vitae para inscripción como postulante al cargo de Juez de Faltas Municipal, conforme


Ordenanza Nº 1574/2008 todas ellas matriculadas en el Colegio de Abogados y Procuradores


de la IV Circunscripción Judicial de Junín de los Andes.-


Que, en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 1574/2008, conforme el Art. 70 de la Carta


Orgánica Municipal, establece que el Concejo Deliberante designará al Juez Municipal de


Faltas, respetando los resultados del Concurso Público de Títulos y Antecedentes al que se


convoca; designándose asimismo el o los suplentes.-


Que, según consta en Despacho de Comisión de Gobierno Nº 163/08, se dispuso citar


a los presentantes para el Concurso Público de Títulos y antecedentes para el cargo de Juez


Municipal de Faltas, el día 11/06/08 con el objeto de ser entrevistados por los Concejales;


Que, conforme lo dispuesto en Despacho de Comisión de Gobierno Nº 163/08 y


habiendo cumplimentado las respectivas entrevistas a los postulantes para cubrir el Cargo de


Juez Municipal de Faltas, de acuerdo a lo establecido en Despacho de Comisión de Gobierno


Nº 175/08 decidió: Designar a la Dra. SEGOVIA, Nelba Graciela, D.N.I. Nº 11.209.731 -


Matrícula Profesional Nº 082 – Tomo I – Folio 85, IV Circunscripción Judicial Provincia del


Neuquén, para desempeñarse como JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS de la Municipalidad de


Junín de los Andes, por el término de cuatro años, a partir de la promulgación de la presente


Ordenanza, conforme Artículos Nº 73 y 74 de la Carta Orgánica Municipal, la que deberá


respetar todos los requisitos establecidos en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº


1574/2008 y la presente normativa-


Que, asimismo se designa a la Dra. VIANO, Walquiria Ramona Carolina, D.N.I. Nº


11.290.492 - Matrícula Profesional Nº 45 – Lº 1 Tº 45, IV Circunscripción Judicial Provincia


del Neuquén, y a la Dra. ADAD, María Silvina, D.N.I. Nº 22.922.098- Matrícula Profesional


Nº 163 – Fº 166, Tº I, IV Circunscripción Judicial Provincia del Neuquén, como primer y
segundo suplente de la Juez Municipal de Faltas, respectivamente, de conformidad con el Artículo


70 de la Carta Orgánica.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












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PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, la designación de las suplentes facilita a la Municipalidad de Junín de los Andes


por tiempo determinado que el mismo reemplace a la Juez Titular de Faltas en caso de


vacaciones, renuncia o ausencias por causas de fuerza mayor.-




Que, se debe proceder a notificar a cada uno de los concursantes del resultado del


concurso.-




Que, asimismo, se deja constancia que atento de tratarse de una continuidad de la


misma persona a cargo del Juzgado Municipal de Faltas y a los fines de la convalidación de


los actos administrativos útiles que deberán ser refrendados por la Sra. Juez Municipal de


Faltas, se declara prorrogado el mandato 2004 – 2008 de la misma hasta la fecha efectiva de la


jura correspondiente al mandato 2008- 2012.-




Que, en consecuencia se debe dictar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y 57º Inciso “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DESIGNASE a la Dra. SEGOVIA, Nelba Graciela, D.N.I. Nº 11.209.731


- Matrícula Profesional Nº 082 – Tomo I – Folio 85, IV Circunscripción


Judicial Provincia del Neuquén, para desempeñarse como JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS


de la Municipalidad de Junín de los Andes, a partir de la promulgación de la presente (Artículo


74 de la Carta Orgánica Municipal), hasta Junio de 2012 (Art. 73 de la Carta Orgánica


Municipal) con ajuste a la imputación Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de


Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia para cada año, el que deberá respetar todos los


requisitos establecidos en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 1574/2008 y la


presente normativa.-




ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que conforme el Artículo 76º de la Carta Orgánica


Municipal el Juez Municipal de Faltas percibirá una remuneración


equivalente al ochenta por ciento (80%) del básico del Intendente con más los adicionales


generales que correspondiere con excepción de título y antigüedad acreditada en funciones


anteriores y que el cargo a cubrir no incluye vivienda institucional ni ningún plus


remunerativo.-




ARTÍCULO 3º: DÉJASE constancia que atento de tratarse de una continuidad de la misma


persona a cargo del Juzgado Municipal de Faltas y a los fines de la


convalidación de los actos administrativos útiles que deberán ser refrendados por la Sra. Juez


Municipal de Faltas, se declara prorrogado el mandato 2004 – 2008 de la misma hasta la fecha


efectiva de la jura correspondiente al mandato 2008- 2012.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












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Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 4º: DESÍGNASE a la Dra. VIANO, Walquiria Ramona Carolina, D.N.I. Nº


11.290.492 - Matrícula Profesional Nº 45 – Lº1 Tº 45, IV Circunscripción


Judicial Provincia del Neuquén, y a la Dra. ADAD, María Silvina, D.N.I. Nº 22.922.098,


Matrícula Profesional Nº 163 – Tº 1 Fº 166, IV Circunscripción Judicial Provincia del


Neuquén, como primer y segundo suplente de la Juez Municipal de Faltas, respectivamente,


conforme el orden del Concurso original y que para las ausencias permanentes el reemplazo


será por el tiempo restante del período, en caso de necesidad se llamará a un nuevo concurso


(Art. 75 y Art. 116 de la Carta Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 5º: NORMASE que conforme lo establecido en el Artículo 81º de la Carta


Orgánica Municipal la Sra. Juez Municipal de Faltas dentro de los treinta


días corridos después de su asunción deberá presentar al Concejo Deliberante, para su


aprobación, el organigrama administrativo del Juzgado. Para las designaciones y ceses deberá


respetarse lo establecido es esta Carta Orgánica para el empleo público municipal.-




ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a efectos de


urgente promulgación.-




ARTÍCULO 7º: DESE a conocimiento público y amplia difusión por los medios orales y


escritos e la localidad y en forma especial elévese copia al Colegio de


Abogados y Procuradores de la IV Circunscripción Judicial y al Juzgado Municipal de Faltas,


a sus efectos.-




ARTÍCULO 8º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 9º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo a cargo Concejal Gustavo


Edgardo Cañicul.-




ARTÍCULO 10º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO


DOS MIL OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1378/08.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES