2103 - 12 Homologación Convenio Informantes Turísticos 2012.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2103/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2103/2012



VISTO:
La Nota Nº 2170/12 d fecha 18/05/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal,


firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares, mediante la


cual eleva copia del Convenio celebrado entre la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del


Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D. Nº 6082/12, y;




CONSIDERANDO




Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico por la suma


total de Pesos Ochenta y Siete Mil Setecientos Veinte con cero centavos ($ 87.720,00),


distribuidos de la siguiente manera: la Suma de Pesos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos


Cuarenta con cero centavos ($ 59.640,00) correspondientes a doce (12) meses, para la


contratación de tres (3) Informantes Turísticos, dos (2) de Nivel I (Personas que se encuentran


realizando estudios relacionados con turismo o personas idóneas, comprobables por


antecedentes) y uno (1) de Nivel II Profesionales con título) y la Suma de Pesos Veintiocho


Mil Ochenta con cero centavos (28.080,00) para la contratación de tres (3) Informantes


Turísticos, todos de Nivel I, correspondiente a la Temporada Alta, Lapso 6 meses, que deberán


realizar tareas de atención al turista en las oficinas y puntos de información turística del


Municipio, bajo la supervisión de la Subsecretaría de Turismo de la Provincia.-




Que, de común acuerdo se establecen con criterios de selección excluyentes de los


informantes Turísticos los siguientes requisitos:


1- Disponibilidad para cumplir turnos rotativos.
2- Residencia fija a no más de 40 Km. de “El Municipio” contratante.-
3- Buena presencia.
4- Actitud para la atención al público.
5- Amplios conocimientos de los atractivos turísticos del lugar y conocimientos


generales de atractivos de la Provincia.




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas


sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-


culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,


mantenimiento y perpetuación”.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme lo resuelto sobre tablas y por unanimidad en Sesión


Ordinaria de fecha 23/05/2012, se decide homologar dicho Convenio.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2103/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO suscripto en fecha 30/03/2012 entre la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente


Municipal, Don Juan Domingo Linares, y la Subsecretaria de Turismo de la Provincia, Lic.


Francisca Beatriz Villalobos, en representación del Estado Provincial del Neuquén, el cual


consta de siete (7) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y por su intermedio,


envíese copia a la Subsecretaría de Turismo de la Provincia a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL


AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1616/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES