3132 - 21 Otorgar 10% descuento Tasa Servicios Retributivos Exptes. D.E.M. Nº 1023-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3132/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3132/2021



VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 1023/21, de fecha 26/03/2021, del Sr. Erostarbe Jorge Blas


D.N.I. N ° 10.702.504 de fecha 26/03/2021, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Sr. Erostarbe Jorge Blas solicita el beneficio fundándose en su carácter de


jubilado.-




Que, en expediente de referencia, foja 07, obra informe de la Secretaría de Economía,


donde certifica que el único ingreso económico es a través de haberes jubilatorios,




Que, este Concejo considera que los montos establecidos en Ordenanza N° 2995/20 –


Art. 10 – Inciso C, se encuentran desactualizados, conforme la economía actual del país;




Que, conforme comprobante de ingreso jubilatorio obrante en el expediente, se


considera insuficiente para afrontar todos los gastos básicos cotidianos.




Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/04/2021, conforme al Despacho Nº


045/21 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, aprobado por unanimidad, se dicta la norma


legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:





O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del 10 % (diez por ciento), en concepto de


descuento de Tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble a favor del Sr.


Erostarbe Jorge Blas D.N.I. N ° 10.702.504, sobre lote ubicado en calle Nogueira 666,


propietario principal del inmueble N° 1936, cuyos datos principales son 20-53-0-00-0-00-237-a-


56-1052, conforme Ficha de Inmueble, que obra en expediente N° 1023/21 –




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


interesado.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTIUN DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 2103/21.-





LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES