Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2391/2014.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2391/2014
VISTO: La Nota Nº 296/14 de fecha 05/06/2014 de la Intendencia Municipal, mediante la
cual remite Convenio de uso de instalaciones de la Guarnición Ejercito “Junín de los
Andes” para acopio de leña Plan Calor de la Municipalidad de Junín de los Andes, suscripto
entre el Jefe de Grupo de Artillería de Montaña Nº 6, Tte. Coronel Jorge Luís Díaz y el Sr.
Intendente Municipal Don Juan Domingo Linares, dando origen al Expte. C.D. Nº 7294/14, y;
CONSIDERANDO:
Que, el presente Convenio tiene como objeto dejar fijadas las pautas de uso de un
predio perteneciente a la Guarnición Ejercito “Junín de los Andes” para acopio de leña a ser
distribuida en época invernal a las familias que viven en la zona rural del municipio y que
carecen de los medios necesarios para su adquisición, como apoyo a la comunidad y ayuda
humanitaria que brinda el Ejercito Argentino y el Municipio de la localidad.-
Que, la Cláusula Primera del Convenio expresa: La Municipalidad solicita al GAM 6
tenga a bien permitir el uso de un predio dentro de la Guarnición Ejercito “Junín de los Andes”
para efectuar acopio de leña durante los meses de mayo y junio del corriente año, debido a que
el predio que posee el Municipio de Junín de los Andes para tal fin, es de dimensiones
insuficientes y al mismo tiempo no ofrece la seguridad para evitar el robo de la misma. Esto
sin perjuicio del uso que el GAM 6 previera para estas instalaciones, siempre y cuando se
mantengan las condiciones del presente Convenio.-
Que, la Cláusula Segunda expresa: El GAM 6 acepta el pedido de la Municipalidad
para que en estas instalaciones se efectúe el acopio de leña, la cual se distribuirá en época
invernal a las familias de la zona rural del Departamento Huiliches. El acopio, carga, descarga
y distribución de la leña estará a cargo del personal que designe la Municipalidad,
exclusivamente.-
Que, el presente Convenio tendrá una duración de doscientos veinticinco días,
teniendo por inicio el día 20 de mayo de 2014 y por finalización el día 30 de diciembre de
2014, pudiendo ser renovado de común acuerdo entre las partes, una vez finalizada la duración
del mismo.-
Que, atentos al Despacho Nº 012/14 de la Comisión Interna de Promoción de la
Vida, aprobado por mayoría de seis (6) votos a favor y uno (1) en contra, en Sesión Ordinaria
de fecha 30/07/2014, este Concejo Deliberante resuelve ratificar el citado Convenio, con el
dictado de la presente norma.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2391/2014.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Uso de Instalaciones de la Guarnición
Ejercito “Junín de los Andes”, para acopio de leña Plan Calor de la
Municipalidad de Junín de los Andes, celebrado en fecha 21 de Mayo de 2014, entre la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal,
Don Juan Domingo Linares, en adelante denominada “La Municipalidad”; y por la otra parte el
Grupo de Artillería de Montaña Nº 6 de la Guarnición Ejercito “Junín de los Andes”, representada
por el Teniente Coronel Jorge Luís Díaz, D.N.I. Nº 17.718.514, en adelante denominado “GAM
6”, con domicilio en Ruta Nacional Nº 40 S/N Casa Nº 21, Barrio Militar de Oficiales “Fuerte
Junín”, el cual consta de Doce (12) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Grupo de
Artillería de Montaña Nº 6.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.739/14.-
FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA