Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2913/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10184/19 de fecha 14/05/2019, que contiene solicitud autorización para
proceder a la realización de quemas controladas en la forestación de Corfone S.A. de Junín de
los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, en la presentación, se menciona que el objetivo de las quemas, es reducir la carga
vegetal muerto, producido por podas y por las inclemencias climáticas de los inviernos pasados.-
Que, las tareas se llevarán a cabo teniendo en cuenta los factores (meteorológico, topográfico
y de vegetación) que afectan al comportamiento del fuego y teniendo en cuenta de no provocar
inconvenientes con la población.-
Que, estás tareas se deben efectuar año a año, debido a que se van renovando las podas dentro
del vivero y por el incremento de la repoblación de plantas jóvenes bajo la forestación que aumentan el
riesgo de incendio durante el verano.-
Que, estos trabajos serán ejecutados por el personal del área de prevención y extinción de
incendios forestales de Corfone S.A. con equipos de agua y herramientas manuales.-
Que, la Ordenanza Nº 2815/2018, Artículo 63º, “prohíbe la quema de… podas de árboles
y/o cualquier otro elemento combustible sobre la vereda o en cualquier lugar de la vía
pública o en terrenos particulares…..”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 29/05/2019, conforme al Despacho Nº
024/19 de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, dispuso por unanimidad,
autorizar lo solicitado por la Empresa Corfone S.A., con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: a la Empresa CORFONE S.A., en forma excepcional a realizar
quema controlada en el predio forestal perteneciente a dicha empresa en Junín de los
Andes.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que la Empresa CORFONE S.A. deberá tomar todos los
recaudos de seguridad y supervisión a fin de resguardar el total cumplimiento de las
normas de seguridad establecidas para estos casos.
ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por su
intermedio, envíese copia de la presente a la Empresa CORFONE S.A. y las
Secretarías Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2012/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA