Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2908/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10157/19 de fecha 26/04/2019 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Convenio de Colaboración y Asistencia
suscripto en fecha 05 de noviembre de 2018 entre la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de
Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, el citado Convenio tiene por objeto la capacitación sobre métodos de Resolución
Alternativa de Conflictos, Protección y Promoción de los Derechos y Garantías Fundamentales y
Ética Pública a empleados y funcionario de los distintos entes gubernamentales, fuerzas de
seguridad, fuerzas armadas, instituciones sociales y públicos en general, de la ciudad de Junín de
los Andes, por parte de personal de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Neuquén.-
Que, la Defensoría brindará talleres, capacitaciones y formación, pudiendo luego
establecer de manera coordinada y ordenada la realización de prácticas dentro de la Defensoría.-
Que, la Cláusula Tercera establece el compromiso que ambas instituciones (Municipio y
Defensoría) deben cumplir.-
Que, la Cláusula Cuarta establece el compromiso que las partes asumen en cuanto a los
gastos a afrontar y solventar.-
Que, el plazo del convenio comenzará a generar efectos a partir de la firma del mismo
por las partes, y tendrá vigencia por el tiempo de un año, renovándose automáticamente por
periodos similares.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 30/04/2019, conforme a lo
resuelto sobre tablas y por unanimidad, dispone homologar el citado convenio, con el dictado de la
norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Convenio de Colaboración y Asistencia suscripto en
fecha 05 de noviembre de 2018 entre la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de
Neuquén, representada por el Dr. Ricardo Ariel Rivas, y la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por su Intendente Sr. Carlos A. Corazini, el cual integra la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente a la
Defensoría del Pueblo de de la Ciudad de Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2008/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES