Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2961 /19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2961/2019
VISTO: La nota Nº 279/19 de fecha 17/09/2019 del Departamento Ejecutivo Municipal, registrado
bajo Expte C.D. Nº 10383/19, mediante el cual eleva convenio de Partes, celebrado entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y el Ejército Argentino, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 2948/19, en el Concejo Deliberante “Autoriza al
Departamento Ejecutivo a celebrar Convenio con el Ejercito Nacional.-
Que, la Ordenanza mencionada en su Artículo 3º establece que una vez formalizado el
Convenio, deberá remitirse al Concejo Deliberante para su correspondiente homologación.-
Que, el artículo 36, inciso “i” de la Carta Orgánica Municipal dice: celebrar convenios con
la Nación, Provincias, Municipios, entres públicos privados nacionales que tengan por fin
desarrollar actividades de interés para la comunidad local. Celebrar convenios con otras naciones,
comunas, entes públicos o privados extranjeros y organizaciones internacionales e impulsar
negociaciones con ellas, sin afectar la política exterior a cargo del gobierno federal ni interferir con
las competencias propias de la provincia”.
Que, según Artículo 36, inciso "p” de la Carta Orgánica Municipal, dentro de las
atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo Municipal, está la de “Administrar los bienes
municipales”.
Que, el inciso “s” del Artículo 36 dice: “celebrar contratos o convenios de acuerdo con las
autorizaciones concretas o globales expedidas por el Concejo Deliberante”.
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha
25/09/2019, decide aprobar por unanimidad el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFICASE en todos sus términos el CONVENIO formalizado entre la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente
Municipal, Don Carlos A. Corazini DNI N°17.045.496 con Domicilio Legal en calle Ginés Ponte y
Don Bosco de la Ciudad de Junín de los Andes y por el Ejército Argentino, representado en la
persona de General de Brigada Gustavo Alejandro Garcés Luzuriaga, con Domicilio Constituido en
Calle Azopardo 250, 6° Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual consta de cuatro (4)
Cláusulas e integra la presente Normativa como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, para su intermedio
envíese copia de la presente al Ejército Argentino, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publique. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2031/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES