2961 - 19 Ratificación Convenio de partes firmado con el ejercito Argentino.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2961 /19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2961/2019


VISTO: La nota Nº 279/19 de fecha 17/09/2019 del Departamento Ejecutivo Municipal, registrado


bajo Expte C.D. Nº 10383/19, mediante el cual eleva convenio de Partes, celebrado entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y el Ejército Argentino, y,


CONSIDERANDO:




Que, mediante Ordenanza Nº 2948/19, en el Concejo Deliberante “Autoriza al


Departamento Ejecutivo a celebrar Convenio con el Ejercito Nacional.-


Que, la Ordenanza mencionada en su Artículo 3º establece que una vez formalizado el


Convenio, deberá remitirse al Concejo Deliberante para su correspondiente homologación.-


Que, el artículo 36, inciso “i” de la Carta Orgánica Municipal dice: celebrar convenios con


la Nación, Provincias, Municipios, entres públicos privados nacionales que tengan por fin


desarrollar actividades de interés para la comunidad local. Celebrar convenios con otras naciones,


comunas, entes públicos o privados extranjeros y organizaciones internacionales e impulsar


negociaciones con ellas, sin afectar la política exterior a cargo del gobierno federal ni interferir con


las competencias propias de la provincia”.


Que, según Artículo 36, inciso "p” de la Carta Orgánica Municipal, dentro de las


atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo Municipal, está la de “Administrar los bienes


municipales”.


Que, el inciso “s” del Artículo 36 dice: “celebrar contratos o convenios de acuerdo con las


autorizaciones concretas o globales expedidas por el Concejo Deliberante”.


Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha


25/09/2019, decide aprobar por unanimidad el presente proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFICASE en todos sus términos el CONVENIO formalizado entre la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente


Municipal, Don Carlos A. Corazini DNI N°17.045.496 con Domicilio Legal en calle Ginés Ponte y


Don Bosco de la Ciudad de Junín de los Andes y por el Ejército Argentino, representado en la


persona de General de Brigada Gustavo Alejandro Garcés Luzuriaga, con Domicilio Constituido en


Calle Azopardo 250, 6° Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual consta de cuatro (4)


Cláusulas e integra la presente Normativa como Anexo I.-




ARTÍCULO 2°: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, para su intermedio


envíese copia de la presente al Ejército Argentino, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publique. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2031/19.-







CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES