Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3090/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3090/2021
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10.857/2021 de fecha 11/01/2021, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, el Sr. Intendente Municipal Dn. Carlos A. Corazini, pone a
consideración del Cuerpo Deliberativo, Proyecto de Ordenanza sobre condonación de deuda
de terrenos que según Ordenanza N° 3025/2020 y Boleto de Compra-Venta Inmobiliaria –
Certificado de Preadjudicación.-
Que, la Ordenanza N° 3025/2020 autoriza el cambio de titularidad de lotes en lotes
del Loteo Social “Nehuen Che”, indicando los nuevos preadjudicatarios y dando de baja a los
anteriores.-
Que, al momento de realizar todos los trámites necesarios a fin de cambiar la
titularidad de los nuevos preadjudicatarios, se observa que no se tuvo en cuenta la deuda que
estos lotes habían generado desde su carga en el Sistema Informático Municipal hasta el
momento de la venta.-
Que, legal y técnicamente no corresponde entregar en venta un lote con deuda, y de
hacerlo debe quedar explícitamente indicado en el Boleto de Compra venta respectivo, hecho
este que no ha sido incluido en el instrumento firmado entre el Ejecutivo y el nuevo
preadjudicatario.-
Que, por otro lado y dadas las circunstancias en las que se día la baja de los
preadjudicatarios anteriores, tampoco se podría exigir el pago de la deuda a los mismos.-
Que, actualmente uno de los nuevos preadjuductarios está solicitando el libre deuda
de la propiedad a fin de realizar los trámites de escrituración, documento que no se puede
entregar ya que el lote se encuentra con deuda anterior a la venta.-
Que, por todo lo mencionado, y siendo el Concejo Deliberante quien posee la
facultad, debe sancionarse la Ordenanza que establezca la condonación de la deuda que los
lotes autorizados a la venta según Ordenanza N° 3025/2020 y hasta el mes de firma de los
correspondientes Boletos de Compra Venta.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3090/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: CONDÓNESE: toda la deuda que hasta el mes de noviembre del año 2020
inclusive hayan devengado por cualquier concepto los lotes que según
Ordenanza N° 3025/2020 han sido autorizados a cambiar su titularidad.-
ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del
Órgano Fiscal realice todas las acciones técnicas y administrativas para la
aplicación de lo mencionado en el artículo precedente.-
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y
por su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales
que corresponda.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2092/21.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA