1110 - 2003 Ratifícase Acta de Comisión de Resolucion de Conflicto.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1110/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1110/2003



VISTO: El Acta de Comisión de Resolución de Conflicto, Artículo 19 de la Ley Provincial Nº
1974, de la reunión de fecha 03 de septiembre de 2003, y;

CONSIDERANDO:

Que, dicha reunión fue presidida por le Sr. Juan Carlos Navarrete Jefe de
Departamento de Relaciones Laborales de la Delegación Regional Sur de la Subsecretaría de
Trabajo de la Provincia del Neuquén, y por otra parte comparecieron a la misma el Sr.
Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y por la otra el Señor Rubén Marinero,
integrante de la Comisión de Conflicto y el Sr. Carlos Quintriqueo, Secretario General de ATE
Zona Sur, y el Sr. César Sagredo quien reemplaza a la Señora Zulma Montenegro.-

Que, luego de intenso intercambio de opiniones las partes Acuerdan: Que a efectos
de superar la actual situación de conflicto y como muestra de la voluntad conciliatoria, el
Ejecutivo Municipal, abonará a los trabajadores municipales la suma de $ 200,00 (doscientos)
hasta la categoría 20 inclusive y $ 150,00 (ciento cincuenta) de la categoría 21 hasta la 24
inclusive.-

Que, dicho monto no absorberá el Decreto que fija el mínimo de $ 500,00
(quinientos) el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de septiembre de 2003 y hasta el final de
la gestión del actual Intendente Campos.-

Que, en todos los casos estos montos son fijos sin sufrir ningún tipo de descuento, y
a cuenta del Convenio Colectivo de Trabajo de autos.-

Que, asimismo se acuerda el no descuento de los días de paro.-

Que, en este estado la representación gremial y los trabajadores suspenden la
demanda judicial durante la presente gestión de gobierno municipal del Intendente E. Campos
(expediente 14.684 – año 20003 radicado en la Cuarta Circunscripción Judicial).-

Que, a dicha audiencia se incorporaron los Señores Concejales, Damián Aminahuel,
Yanine Buamscha, Miguel Guidali, Shuyay del Río, y Ángel Fontanazza.-

Que, el Ejecutivo Municipal, mediante Nota Nº 693/03 de fecha 23/09/2003, solicita
a este Concejo Delineante el dictado de la norma legal correspondiente, y los montos
respectivos serán imputados a las cuentas correspondientes.-

Que, al efecto resulta necesario el dictado de la norma legal respectiva.-







SHUYAY A.J. DEL RÍO PEDRO PABLO PACHECO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1110/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal conforme Acta de
Comisión de Resolución de Conflicto, Artículo 19 de la Ley Provincial Nº
1974, de la reunión de fecha 03 de septiembre de 2003, a abonar a los trabajadores
municipales la suma de $ 200,00 (doscientos) hasta la categoría 20 inclusive y $ 150,00
(ciento cincuenta) de la categoría 21 hasta la 24 inclusive.-


ARTÍCULO 2º: CRÉASE en el Presupuesto General del Ejercicio 2003 - Ordenanza
Nº 1091/2003, en la Partida 1.1.1. PERSONAL, la Sub – Partida 16 “ACTA
COMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DEL 03/09/2003”, y FACÚLTASE al
Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Economía y
Hacienda disponga la reestructuración presupuestaria que considere necesaria exclusivamente
para la obtención de la suma establecida el Acta antes mencionada.-


ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
promulgación y por su intermedio envíese copia a la Secretaría General de
ATE Zona Sur, al Departamento de Relaciones Laborales de la Delegación Regional Sur de la
Subsecretaría de Trabajo de la Provincia del Neuquén, y a las áreas municipales que
correspondan, a sus efectos.-


ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-


ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A J.
del Río.-


ARTÍCULO 6º: De forma.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, AL PRIMER DÍA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1142/03.-







SHUYAY A.J. DEL RÍO PEDRO PABLO PACHECO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA