2417 - 14 Creación Centro Editor Municipal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2417/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2417/2014




VISTO: El Expte. C.D. Nº 6147/2012 que contiene Proyecto de Ordenanza de creación del


Centro de Editor Municipal de obras literarias de escritores locales y resultantes


ganadores de diversos concursos locales visto los contenidos presentados, y;




CONSIDERANDO:




Que, al respecto se hace saber, a modo de ampliar la información en base al proyecto


que Junín de los Andes, cuenta con un numero aproximado de treinta (30) escritores e


historiadores, los cuales muchos de ellos han participado de antología e incluso han tenido la


posibilidad de editar sus obras, con todo el esfuerzo económico a nivel personal que implica


una edición literaria, como así también, la participación en numerosos encuentros a nivel local,


provincial y nacional, como ferias del libro, Encuentro de Escritores, Congresos, Feria


Internacional del Libro en Buenos Aires., etc.-




Que, se llevan a cabo durante el año una serie de concursos literarios y actividades


relacionada a la lectura y escritura: “Concurso Literario e ilustración EVITA”, Juegos


Florales”, Maratón de la lectura de la fundación Leer, Chocolate Literario, Cuenta Cuento,


Talleres Literarios, entre otros, en los cuales se refleja la participación la participación de


niños, jóvenes y adultos de la localidad, siendo el objetivo principal la promoción y


recuperación del hábito de la lectura, tendientes a tomar en cuenta otros aspectos como es la


comunicación, el espacio de participación, la contención, el apoyo, el acompañamiento y la


superación personal.-




Que, hay actividades importantes que se llevan a cabo en nuestra localidad y es


necesario destacar y poner en conocimiento, es el trabajo que se realiza en relación a este tema


desde las Instituciones Educativas, brindando la posibilidad que los alumnos participen de las


propuesta y sean protagonistas en cada una de ella tales como: participación de obras de teatro,


creación de una producción literaria, participación en encuentros y charlas con escritores,


también podemos citar el trabajo que desarrolla del I.S.F.D. Nº 8, mediante el desarrollo de


profesores de enseñanza primaria nucleando setenta (70) docente de la ciudad de Junín de los


Andes y San Martín de los Andes.-




Que, debe entenderse que la cultura de publicar libros de escritores locales nos


favorece en la lectura y la escritura de nuestros niños y jóvenes en el futuro.




Que, la Secretaria de Economía en la Nota N° 1025/13 propone que se realice el


redondeo de caja de tasas retributivas por, patentes, retributivos y licencias comerciales, que


cada unas de las tasas abonadas en las cajas de recaudaciones y que sus excedentes a favor


sean al centro editor.-













FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTICULO 1°: CRÉASE:
el Centro Editor Municipal (C.E.M) dentro de la Subsecretaría


de Cultura, dependiente de la Municipalidad, con el objeto de difundir la


Obra Literaria de escritores radicados en Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: el Reglamento del mismo que forma parte de la presente


como Anexo 1.-




ARTÍCULO 3°: CRÉASE: la Partida Presupuestaria de Ingresos e Egresos del C.E.M. que se


financiará con fondos según dicta el Reglamento al que alude el Artículo 2°


de la presente.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE


SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1749/14.-











FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


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JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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ANEXO 1 ORDENANZA C.D. Nº 2417/2014




REGLAMENTO DEL CENTRO EDITOR MUNICIPAL




CAPITULO I - OBJETO – SUJETO




Artículo 1°: Objeto; Créase el Centro Editor Municipal (C.E.M.), con el objeto de difundir la obra


literaria de escritores radicados en Junín de los Andes.-


Artículo 2°: Postulante; son beneficiarios de la difusión de sus obras literarias todas las personas


que posean residencia en Junín de los Andes. La residencia efectiva exigida deberá ser cumplida al


momento de la presentación de la Obra y será acreditada con el DNI o con Constancia de


residencia de la Policía.-


Artículo 3°: Comisión Directiva: La administración de fondos y la selección de las Obras a editar


por el CEM estará a cargo de una Comisión Directiva integrada de la siguiente manera: a) un


representante por la biblioteca popular, de Junín de los Andes; b) un representante de la


Subsecretaría de Cultura de la Municipalidad: c)un representante propuesto por la Subsecretaría de


Cultura proveniente de otro Municipio Neuquino; d) un representante por cada Grupo de


Escritores independiente de Junín de los Andes. Los Miembros de la Comisión se renovarán cada


2 años. La comisión directiva podrá contar con hasta 2 asesores para evaluar trabajos que por la


complejidad de los temas que aborden requieran un análisis específicos.-


A. El quórum necesario para sesionar se establece en la mitad más uno de los miembros de la
comisión.-


B. Las decisiones de la Comisión Directiva se tomarán por mayoría simple de los miembros
presentes: la mitad más uno.


C. En caso de empate, decide el representante de la Subsecretaría de Cultura.
D. Ante la renuncia de algún miembro, deberá ser reemplazado por la institución u organismo


al que representa.


E. Se establece que la Comisión Directiva deberá reunirse, al menos, una vez al mes con el
quórum mínimo.


F. La Comisión Directiva podrá solicitar la renuncia de algunos de los miembros de la misma
si éste no cumple con lo dicho en el punto anterior (asistencia a las reuniones).


G. todas las reuniones de la Comisión Directivas quedarán registradas en el Libro Acta al que
alude el Artículo 6 del Anexo 1 de la Ordenanza Nº 2417/14.- En cada Acta deberá constar


el nombre de los miembros presentes, los temas tratados y la resolución de los mismos.


H. Situaciones no previstas; Las situaciones no previstas que pudieren presentarse en el curso


del primer año de su constitución. En tal Reglamento se propondrán los géneros literarios que


serán considerados prioritarios para el año en curso y el posterior.


I. Reglamento; La primera Comisión Directiva, deberá presentar un Proyecto de Reglamento


Interno en funcionamiento del C.E.M., serán resueltas por la Comisión Directiva.-


CAPITULO II – SELECCIÓN DE LAS OBRAS


Artículo 4º: Categoría; La Comisión Directiva seleccionará anualmente las obras conforme a


las categorías de autores, menores de 12 años y de 12 a 18 años y de 19 en adelante. Así mismo las


obras que se postulen podrán ser individuales o de varios autores, en cuyo caso cada uno de los


participantes deberá cumplir los requisitos establecidos con el Artículo 2. Por otra parte, la


Comisión Directiva podrá proponer al Concejo Deliberante la Edición de obras por fuera del


concurso, sólo en los casos de trabajos que por su características (genero literario, temática) no


tengan cabida en los llamados a concurso y cuyos contenidos representen un valioso aporte


cultural para la ciudad.-













FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
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JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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Artículo 5º: Selección anual Deserción: Anualmente se seleccionarán mediante concursos


abiertos y públicos, las obras para ser editadas de acuerdo a los requisitos de cada concurso y en


caso de no ameritar premios alguna categoría o puesto, será declarado desierto, la Comisión


Directiva decidirá el concurso de acción a adoptar.-


Artículo 6º: Procedimiento de selección; La selección de las obras será fundamentalmente por


escrito y la decisión será inapelable. El dictamen determinará los criterios de selección y será


trascripto en un Libro de Actas rubricado y foliado por la Subsecretaría de Cultura. En caso podrá


seleccionarse una obra por autor y categoría, pudiendo recibir además menciones. El Dictamen de


la Comisión Directiva será elevado al Concejo Deliberante quien evaluara y declarará con


anticipación, para declararlo de interés Municipal y ordenará su publicación en el Boletín Oficial.-




CAPITULO III – IMPRESIÓN – DISTRIBUCION – PUBLICIDAD


Artículo 7º: Impresión y Diseño; La impresión de diseño de las Obras seleccionadas se realizara


previa evaluación y aprobación de presupuestos con el voto de la mitad más uno de los miembros


de la Comisión Directiva. El diseño de tapa y logo de publicación serán determinados por la C. D.-


Artículo 8º: Distribución; La distribución de los libros se realizará en las librerías locales,


regionales y también con otras editoriales mediante acuerdos firmados oportunamente. Se


gestionará la presentación de los libros en las diferentes ferias regionales y nacionales como así


también en Stand de la Provincia del Neuquén y/o de la Municipalidad de Junín de los Andes en


los diferentes eventos públicos en que participe.


Artículo 9º: Destino de los ejemplares editados; El 20 % (veinte por ciento) de los ejemplares


impresos de cada obra será entregado sin cargo al autor (o a los autores seleccionados), quien


podrá realizar la comercialización de los mismos. Por otra parte, la Comisión Directiva podrá


disponer de hasta un 10 % (diez por ciento) de los ejemplares impresos de cada obra para ser


distribuidos en la Localidad y en la Provincia del Neuquén y de un 10 % ( diez por ciento) para la


prensa y cortesía. El 60 % (sesenta por ciento) restante de los ejemplares impresos de cada obra


será comercializado y pasará a formar parte del fondo Editor del CEM.-




CAPITULO IV – BENEFICIOS PARA EL AUTOR


Artículo 10º: Derechos del Autor; Se entiende que el principal beneficio que recibirán los autores


será el de tener una obra editada y en circulación. Recibirán además como única retribución en


concepto de derechos de autor, la cantidad de ejemplares que determina el artículo 9. Los


escritores seleccionados renunciarán, por lo tanto a percibir otro tipo de pago por los derechos de


autor de los ejemplares que edite el C.E.M., condición que además deberán someterse los


herederos en caso de autores fallecidos. Esta renuncia será efectiva sólo para las ediciones que


realice el CEM. Los trámites de obtención de derechos de autor (propiedad intelectual) obtención


del ISBN y otros que determine la legislación vigente, serán costeados con fondos del C.E.M.-




Artículo 11º: Obras no seleccionadas: Las obras presentadas pero no seleccionadas para su


edición podrán ser nuevamente inscriptas en concursos posteriores.




CAPITULO V – FINANCIACIÓN Y RECURSOS




Artículo 12º: Recursos; Son recursos propios del Cetro Editor Municipal lo siguientes:


a) Los legados o donaciones que personas físicas o jurídicas públicas o privadas destinen para
el mismo.













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b) Los recursos que se gestionen en los ámbitos provinciales, nacionales o internacionales.
c) El producido de la venta de ejemplares editados por el C.E.M.
d) Los saldos transferibles de ejercicios anteriores.
e) El redondeo del pago de tasas retributivas, por patentes, licencias comerciales abonadas en


caja de recaudaciones de la Municipalidad de Junín de los Andes.


Artículo 13º: Destino de fondos: Los fondos del C.E.M. serán destinados al pago de la edición e


impresión de las obras, y otros gastos administrativos.-


De acuerdo a lo que establece el Artículo 14 de la Ord. Nº 2417/14, la Comisión Directiva podrá


disponer de los fondos del CEM para cubrir gastos administrativos como papelería, publicidad


etc., siempre y cuando no excedan el 29% del total de los recursos disponibles cada año.


No se Consideran gastos administrativos todos aquellos que están directamente relacionados con la


edición de los libros, por ejemplo pago de honorarios a diseñadores gráficos, pago de imprenta,


pago de derechos de autor, ISBN u otras tasas exigidas, etc.


Artículos 14º: Destinos de fondos; el/la encargado/a responsable de la rendición gastos de fondos


será la Subsecretaria de Cultura, quien se regirá por el reglamento de compras y contratación


Municipal.


En caso de que algún ejercicio anual, y solo por causa especiales, necesite aumentar el porcentaje


indicado en el punto anterior, la Comisión Directiva pedirá la autorización correspondiente a la


Subsecretaría de Cultura.


CAPITLULO VI- RECONOCIMIENTO DE LA COMISION DIRECTIVA


Artículo 15º: Diploma de Honor; Luego de cumplidos dos años de función, los integrantes de la


Comisión Directiva recibirán un Diploma de Honor en reconocimiento de sus servicios en pos del


acervo cultural de la Localidad. La entrega de los diploma se realizará en acto público, en el


Concejo Deliberante.-




ANEXO 2: DE LOS CONCURSOS




Artículo 16º: El centro Editor Municipal de Junín de los Andes, Neuquén convoca a escritores a


participar en el concurso de….……………………….año……….….., de acuerdo a las siguientes


bases;


CAPITULO I: BASES DEL CONCURSO:


Podrán participar autores que posean residencia comprobada en esta ciudad tengan o no obras


editadas


1. Categorías de concurso: Jóvenes y Adultos. Jóvenes hasta 18 años de Edad. Adultos: 19
años de edad en adelante.


2. No se cobra inscripción


La Comisión Directiva del C.E.M. hará llamadas anuales a concursos para seleccionar obras a


publicar, de acuerdo al modelo que figura en el Anexo 1.


Los llamados a concurso serán para los géneros narrativa, poesía y eventualmente ensayos, en


forma alternada, según las siguientes opciones:


a) Narrativa breve. Antología (mínimo 3 autores por libro)
b) Poesía. Antología (mínimo 6 autores por libro)
c) Narrativa. Único autor (novela o colección de relatos)
d) Poemario. Único Autor.
e) Ensayos. Único autor o varios autores.













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La temática será libre o tendrá la orientación que decida la Comisión Directiva para cada


ejercicio anual, según su criterio.


Se establece que entre el llamado anual a concurso y la fecha de cierre del mismo exista un


plazo mínimo de 2 meses.


El llamado a concurso y el cierre del mismo deberán coincidir dentro de un mismo año


calendario.


El jurado de los concursos estará conformado por los miembros de la Comisión Directiva,


quienes no podrán presentar obras a los mismos.


Cada obra presentada en el concurso deberá ser leída, al menos, por tres miembros del jurado.


El jurado determinará en las bases de cada llamado a concurso el plazo para expedir su fallo y


determinar los nombres de los ganadores y mencionados siempre dentro del año calendario del


concurso.


Una vez que la Comisión Directiva tenga su dictamen sobre las obras seleccionadas deberá


informarlo a la Subsecretaria de Cultura para que esta convoque a un acto público que tendrá


por objeto:


1) leer el acta que fundamenta la decisión, de acuerdo al Artículo 6 del Anexo 1 de la
Ordenanza Nº 2417/14.-


2) abrir los sobres que contienen los formularios de inscripción y fotocopias de datos de los
autores seleccionados.


3) comprobar que la información contenida con los formularios de inscripción y las
fotocopias de DNI este en todo de acuerdo con lo expresado en la Ordenanza Nº 2417/14


y esta reglamentación, incluyendo su Anexo 1.


4) redactar un acta en la que se den a conocer los nombres de los autores de los trabajos
seleccionados.


5) el acto público al que alude el artículo anterior deberá contar con la presencia de la
Subsecretaria de Cultura, quien firmará el acta correspondiente junto a los miembros del


C.E.M. que estén presentes.




SELECCIÓN DE OBRAS POR FUERA DE LOS CONCURSOS


La Comisión Directiva podrá proponer la edición de los libros por fuera de los concursos (Art.


4 Ordenanza Nº 2417/14), cuando se trate de obras con suficientes valor artístico, científico,


cultural, etc., y cuyos contenidos abarquen en forma directa temas referidos a Junín de los


Andes. En estos casos la Comisión Directiva podrá asesorarse convocando para ello a


especialistas, siempre con la aprobación de la Subsecretaría de Cultura.


La propuesta de edición de libros por fuera de los concursos deberá ser elevada a la comisión


directiva a través de la Subsecretaría de Cultura.-




CAPITULO II: DE LAS OBRAS


1 Cada autor podrá presentar un único trabajo
2 El estilo será Narrativo libre. Las obras deberán estar escritas en idioma castellano
3 Los trabajos deben ser originales, Inéditos, no haber sido premiados ni estar pendientes de


resolución en otros certámenes, ni sus derechos comprometidos con ninguna editorial.


4 Las obras de deberán ser presentadas en tamaño de hoja A4, numeradas, escritas a
máquina o computadora ( fuente arial, cuerpo 12, espaciado doble), sobre una sola cara del


papel y firmado con su seudónimo, categoría y leyenda”…Concurso Literario de C.E.M.


Junín de los Andes, año…”


5 La extensión mínima será de ..….y la máxima de ……, en los formatos establecidos.













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6 Se enviará por triplicado, encarpetados o anillados, con las páginas numeradas en un sobre
grande constando el seudónimo, categoría, género.


7 Dentro del sobre grande se adjuntará otro sobre cerrado en el que sólo deberá figurar el
seudónimo del participante y se indicarán los datos de la persona a modo de formulario


de inscripción, tal como consta en el Artículo 11º.


8 Formulario de Inscripción: se presentará una hoja con los siguientes datos: Titulo de Obra
y Seudónimo, categoría y género, nombres y apellido del autor, fecha de nacimiento,


domicilio, teléfono, correo electrónico (en caso de tenerlo) y la siguiente leyenda: “Acepto


en forma total las bases del Concurso Literario de ….C.E.M. Junín de los Andes, año…....,


que declaro haber leído, comprender y conocer en su totalidad. Premiada, ni presentada en


concurso alguno pendiente de resolución”. Esta hoja deberá contener firma, aclaración y


fecha, y estar acompañada por la fotocopia del DNI del autor ( primera y segunda hoja y


domicilio actualizado)




LOS PLAZOS:


9 La recepción de los trabajos se fija desde el …de…de…hasta el …de….de…..No se
recibirán trabajos con posterioridad a la fecha mencionada.


10 Los trabajos se recibirán únicamente en la sede de la Subsecretaria de Cultura de la
Municipalidad de Junín de los Andes.




DEL JURADO:


11 El Jurado estará conformado por los miembros del C.E.M.
12 El Jurado está facultado a conceder las menciones que consideré necesario en los


diferentes trabajos.-


DE LOS PREMIOS:


13 El Fallo del certamen se hará público el plazo de 45 días como máximo, de finalizado el
concurso.-


14 Los premios se entregarán en acto público, en fecha, lugar y hora a confirmar.
15 En cada categoría se otorgarán los siguientes premios:


1° Premio


2° Premio


3° Premio


A modo de premio, el C.E.M. editará un libro, donde se publicarán los trabajos


distinguidos, incluidas las menciones que otorgue el jurado.-


El 20% de los libros editados se repartirá en partes iguales entre los ganadores del


concurso. Quienes obtengan mención recibirán 2 libros cada uno.


18-Los ganadores deberán ceder al C.E.M. los derechos de autor de la obra sólo para esta


edición donde se hará constar para tal caso, el nombre y apellido real de autor.


19-El material no premiado ni mencionado podrá ser retirado dentro de los 30 días posteriores a


la fecha del fallo del jurado. Pasado dicho plazo, será destruido.




CAPITULO III: ACEPTACION DE LAS BASES Y SITUACIONES NO PREVISTAS


20-La sola participación en este concurso implica el conocimiento y aceptación de cada una de


sus bases, las que se encuentran contenidas en este llamado concurso.


21-La omisión o violación de alguno de los requisitos de este reglamento producirá la


descalificación del trabajo presentado.


22-Cualquier situación no prevista en estas bases será resuelta por el Jurado.













FERNANDO DANIEL MADUEÑO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
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