Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1656/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1656/2008
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 1579/07 “A” de fecha 16/08/2.007 iniciado por el Sr. Juan
Andrés Lezana, titular del D.N.I. Nº 29.853.134, con domicilio legal en Los Ñires
86, de esta Localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de los
Andes, destinado a la instalación de taller de soldaduras y reparaciones en genera; el Expte. Nº
2.230 Letra “L” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 09/05/2008 que
contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque
Industrial celebrado en fecha 11/08/2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el
nombrado Sr. Juan A. Lezana y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 1d, de la Manzana 116,
Nomenclatura Catastral en trámite, con una superficie de UN MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (1.242,00 m²).-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA ($ 24.840,00) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en
Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 2.230 “L”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del
convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.- Se indica que el Emprendimiento será monitoreado en forma periódica por
la Secretaría antes mencionada a fin de producir los informes de avances correspondientes.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 29/10/2008, conforme lo
establecido en Despacho Nº 235/08, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,
resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1656/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha 11
de Agosto de 2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el
Señor Secretario de Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en
Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. JUAN ANDRÉS LEZANA, TITULAR DEL D.N.I. Nº
29.853.134, con domicilio legal en Los Ñires Nº 086 de Junín de los Andes, en adelante
denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 7, de la Manzana 116, Nomenclatura
Catastral en trámite, con una superficie de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS M ²
(1.242,00 m²).-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PÚBLIQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Silvana Rosso.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1403/08.-
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA