1515 - Excepción Código Urbano Señora Claudia Daniela Barroso.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1515/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1515/2007



VISTO: El Expte. C.D. Nº 3747/07 de fecha 16/10/2007 iniciado por la Sra. BARROSO,


Claudia Daniela, D.N.I. Nº 24.762.469, mediante el cual solicita se le otorgue una


excepción al Código Urbano y de Edificación en lo que se refiere a retiro de frente de 1,5 mts.


y Retiro Lateral para la construcción de una vivienda, y;




CONSIDERANDO:




Que, conforme constas a fs. 01 del Expte. la presentante manifiesta que este


requerimiento se basa en la necesidad urgente a pedido de desalojar la vivienda que


actualmente alquila.-


Que, ante tal situación su hermana, Señora Paola Silvia Barroso, 26.456.220, según


consta autorización de fecha 24/08/2007 firmada ante Juez de Paz, autoriza a la Sra. Claudia


Barroso, D.N.I. Nº 24.762.469, a que utilice una fracción del terreno de su propiedad,


identificado como Lote Nº 12, Manzana 80, sito sobre calle Belgrano y Los Maitenes del


Barrio Primeros Pobladores para que construya una vivienda


Que, a fs. 02 mediante en nota de fecha 02/10/2007 enviada a la Secretaria de Obras


y Servicios Públicos, Arq. Elga Lastra Saavedra, la Sra. Claudia Barroso, solicita se le otorgue


el permiso para la construcción de la vivienda, la cual por razones económicas el Taller de


Carpintería del E.P.A. Nº 11 será el encargado de la construcción de la vivienda.-


Que, a fs. 04 en Nota de fecha 04/10/2007 firmada por el Sr. Subsecretario de Acción


Social, Don Sergio F. Estéfano, dirigida a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Arq.


Elga Lastra Saavedra, solicita la confección del plano donde se implementará la casilla.-De


acuerdo al informe socio económico realizado por la Lic. en Servicio Social dependiente de


esa Subsecretaría, se avala la eximición del pago correspondiente al valor del plano a efecto de


construir a una mejor comodidad del grupo familiar.-


Que, a fs. 05 consta croquis de la construcción que se pretende realizar.-


Que, a fs. 06 se adjunta copia de Declaración Jurada Nº 360/07de fecha 02/10/2007,


efectuada ante el Juzgado de Paz por la nombrada Sra. Claudia Daniela Barroso.-


Que, a fs. 07 y 08 figura Informe Social elaborado en fecha 04/10/2007 por la Lic.


Laura González Evans de la de la Subsecretaría de Promoción Social del Municipio.-


Que, conforme los parámetros estipulados en el Código Urbano y de Edificación, la


propiedad se ubica en Área Residencial de Densidad Media 3 (AR-3).-


Que, en vista de la solicitud efectuada por la Sra. Claudia Barroso, la documentación


presentada, en virtud de la situación social, los antecedentes obrantes en el barrio y el carácter


solidario y el respaldo del EPA Nº 11; este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


24/10/2007 conforme consta en Despacho Nº 112/07 de la comisión de Obras u Servicios


Públicos, decide por unanimidad otorgar la excepción solicitada.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1515/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, se debe dejar establecido que la nombrada no abonará derecho de construcción


por ser vivienda única, conforme lo establecido en el Art. 220 y 221 de la Carta Orgánica


Municipal.-


Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE a la Señora BARROSO, Claudia Daniela, D.N.I. Nº


24.762.469, una excepción al Código Urbano y de Edificación, Sección II,


Capítulo 13, Inciso 13.15.3 Ítem “Alturas y Retiros”, para la construcción de una vivienda, en


lote de propiedad de la Señora Paola Silvia Barroso, 26.456.220, identificado como Lote Nº


12, Manzana 80, sito sobre calle Belgrano y Los Maitenes del Barrio Primeros Pobladores,


conforme lo solicitado en Expte. C.D. Nº 3747/07 de fecha 10/10/2007.-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que la Señora Claudia D. Barroso no abonará derecho de


construcción por ser vivienda única, conforme lo establecido en el Art. 220 y


221 de la Carta Orgánica Municipal.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ARTÍCULO 4º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la


presente a la interesada para su conocimiento y a la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos, para que tome los recaudos correspondientes, para la confección y


presentación de los planos en tiempo y forma, de acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la


presente.-


ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-


ARTÍCULO 6º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1348/07.-











MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES