Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1232/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1232/2005
VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 13336/04 de f echa 25/10/2004 iniciado ante la Comisión de
Productos Urbanísticos por el Ing. Civil Claudio A. Pierdominici, con pase a este
Cuerpo Deliberativo, donde solicita se expidan sobre la factibilidad de ampliación propuesta
en croquis obrante a fs, 02, en el terreno ubicado en la esquina de Pasaje 2 de Abril y Avda.
Antártida Argentina, Nomenclatura Catastral 13-20-52-3536, propiedad del Sr. Juan Alberto
Montecino, Área Residencial de Densidad Media Baja (AR-2), conforme lo estipulado en el
Código Urbano y de Edificación, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 04 y 05 consta informe Técnico de fecha 18/11/2004 elaborado por el Ing.
Rodolfo Lacava y la Arq. Elga Lastra Saavedra de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
Municipal, y el Arq. Martín Alfaro Brave, Asesor Técnico de este Cuerpo Deliberativo.-
Que, atento lo determinado en el informa reseñado, por Nota Nº 1010/04 de fecha se
solicitó al profesional actuante cumplimente lo solicitado en el mismo.-
Que, por Nota s/Nº de fecha 28/12/2004 con la firma del Ing. Civil Claudio
Pierdominici, se responde los 4 puntos requeridos en el informe técnico.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 27/02/2002 atento al
informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 017/02 de fecha
22/02/2005, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, dispone por mayoría
otorgar la excepción solicitada.-
Que, el propietario no podrá construir el alero sobre la vereda, como así también el
local no deberá tener vinculación con la vivienda existente de acuerdo a lo solicitado por la
Comisión de Producto Urbanístico; además de lo expresado en el punto (4) de la Nota
presentada por el profesional de fecha 28/12/04 (“Los locales contiguos deberán mantener las
mismas superficies de iluminación y ventilación dado a que la abertura que quedará
obstruida por la construcción del local se cambiará de lugar y se colocará en el muro de la
fachada sobre Avda. Antártida Argentina).-
Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1232/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor MONTECINO, Juan Alberto, una excepción al
Código Urbano y de Edificación, Sección II, Capítulo 13, Inciso 13.14.3
Ítem “Alturas y Retiros”, para la construcción de una local comercial ubicado en la esquina de
Pasaje 2 de Abril y Avda. Antártida Argentina, Nomenclatura Catastral 13-20-52-3536; y
AUTORÍZASE la ocupación del Retiro con frente sobre Avda. Antártida Argentina, según
croquis obrante a fs. 11 del Expte. Nº 13336/04 del D.E.M. de fecha 25/10/2004.-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que el propietario no podrá construir el alero del local
sobre la vereda. El local no deberá tener vinculación con la vivienda
existente de acuerdo a lo solicitado por la Comisión de Producto Urbanístico; además de lo
expresado en el punto (4) de la Nota presentada por el profesional de fecha 28/12/04.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la
presente al propietario y al profesional actuante para su conocimiento y a la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, para que
tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma, de
acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 5º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 7º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1209/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES