3474 - 23 Ratificación Convenio Pago Lote Parque Industrial Municipio - Sr. Ezequiel Fernando Castro.pdf








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3474/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3474/2023



VISTO: La Nota Externa Nº 532/23 de fecha 27/10/2023 del Departamento Ejecutivo


Municipal, por la cual remite Convenio de pago Parque Industrial celebrado en fecha


24/10/2023, entre la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”), y el Sr.


Castro Fernando Ezequiel D.N.I. 34.645.067, con domicilio legal en la calle Chile 556 (“El


Adquiriente”), y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado convenio “La Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El


Adquiriente”, quien acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y


sus modificatorias Ord. N° 1014/02, Ord. 1381/06 y Ord.2838/18, una fracción de terreno que


se identifica como Lote 7 de la Manzana 92, con una superficie de 1629,17 m², según Datos


Parcelarios.-




Que, el precio de venta del terreno se establece en la suma de pesos Dos Mil


Quinientos 00/100 ($2.500,00) por metro cuadrado lo que hace un total de Pesos Cuatro


Millones Setenta y Dos Mil Novecientos Veinte y Cinco ($4.072.925,00), pagaderas en 48


cuotas mensuales y consecutivas, luego de ser aprobado el presente Convenio por el Concejo


Deliberante. En caso de que “El Adquiriente”, se atrasen en el pago, se cobrará un interés


punitorio del 3% mensual sobre el saldo adeudado y por el plazo de la mora.-




Que, se deja expresa constancia que el inmueble a recibir por “El Adquiriente”, no


cuenta con servicios, bajo pleno conocimiento de “El Adquiriente”, certificado con la firma


del presente convenio. Así mismo, se establece que, en función de la inversión que “El


Adquiriente”, debe realizar en término de obras de desagüe pluvioaluvional, extensión de obra


de agua, saneamiento y conexión a la red eléctrica que requiere el Lote en cuestión, “La


Municipalidad” reconsidera el costo del terreno, estableciendo el valor plasmado en la


Cláusula Segunda, exceptuando lo dispuesto en la Ordenanza 3383/23.




Que, “El Adquiriente” se obliga a realizar en el período citado en la Cláusula Primera


el total del Proyecto presentado mediante los Planos que se adjuntan y que fueran aprobados


por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, otorgándose un plazo de treinta y seis (36)


meses a partir de la firma del presente, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento


por ciento (100%) del Emprendimiento según el proyecto presentado oportunamente.




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 01/11/2023, conforme al


Despacho N° 065/23, de la Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad


homologar el citado convenio, con el dictado de la presente norma legal.-
























LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3474/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: SE HOMOLOGA: el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en


fecha 24 de octubre de 2023 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Dn. CARLOS ANACLETO


CORAZINI; D.N.I. Nº 17.045.496 y el Señor Secretario de Economía Dn. ROBERTO A.


ALFARO, D.N.I. Nº 17.410.774, ambos domiciliados en la calle Don Bosco y Ginés Ponte de


la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados “LA MUNICIPALIDAD” por


una parte, y por otra parte el Sr. CASTRO FERNANDO EZEQUIEL, D.N.I. Nº 34.645.067


con domicilio legal en la calle Chile 556, en adelante denominado “EL ADQUIRIENTE”,


por la venta de una fracción de terreno que se identifica como Lote 7 de la Manzana 92, con


una superficie de 1629,17 m², según Datos Parcelarios. Dicho Convenio consta de Trece (13)


Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL


AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2336/23.-

















LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA