2921 - 19 Derogación total Ordenanzas N. 2660-16 y 2917-19. Modificación parcial Ordenanza 2466-15 .pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2921/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2921/2019



VISTO
: El Expediente C.D. Nº 10260/19 de fecha 18 de junio de 2019, iniciado por el


Departamento Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:




Que, en el citado Expte. se informa que se ha detectado un error (material


involuntario) en la Ordenanza N° 2917/19, promulgada por Decreto N° 160/2019 del


Ejecutivo Municipal, el cual surge del anteproyecto de ordenanza elaborado y presentado por


la Secretaria de Turismo, obrante a fs. 04 del Expte. C.D. Nº 10260/19 de fecha 27/05/2019;


motivo por el cual se solicita la modificación del mismo.-




Que, en el Acta Nº 01/19 de la Comisión de Seguimiento, Control Presupuestario y


Control de la Gestión del Vía Christi de fecha 08/04/2019, en el Punto 1 se expresa que el


monto de la entrada al parque escultórico necesita una actualización y que ha sido aprobado en


Comisión Especial un aumento en valores de las entradas al Parque Vía Christi de Junín de los


Andes.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 26/06/2019, conforme al


Despacho Nº 046/19 de la comisión Interna de Labor Legislativa, decide por unanimidad


aprobar el presente proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDOS EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DERÓGASE: la Ordenanzas N° 2660/2016 y 2917/2019.-




ARTÍCULO 2º: MODIFÍCASE: el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2466/2015, el cual


quedará redactado de la siguiente manera: ESTABLÉCESE: desde la


promulgación de la presente el cobro para el acceso al Parque Vía Christi de una entrada con


un solo valor referencial y sus respectivas bonificaciones conforme el siguiente detalle:
































CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2921/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Extranjeros:
Entrada General: Pesos Cuatrocientos ($ 400,00) por persona, por día.


Argentinos:
Bonificaciones:


 Residentes Argentina: bonificación 50% ($ 200,00).-
 Residentes Provincia del Neuquén: bonificación 60% ($ 160,00).-
 Estudiantes de nivel medio y superior, jubilados, pensionados y mayores


de 65 años. Bonificación del 75% ($ 100,00).-


 Residentes de Junín de los Andes, Departamento Huiliches, personas con
discapacidad con un acompañante y menores de 12 años inclusive,


sacerdotes y religiosas: bonificación del 100 %.-


Para acceder a las bonificaciones enumeradas se deberá acreditar la residencia respetiva, con


acreditación de domicilio.-




ARTÍCULO 3: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Secretaría de Turismo y por su intermedio a los distintos operadores turísticos de la ciudad de


San Martín y Junín de los Andes, a la Fundación Comunitaria Huiliches, y al Director de la


Obra Parque Vía Christi.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publique. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2016/19.-




















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES