Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1165/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1165/2004
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2955/04 de fecha 17/05/2004 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante la cual se remite a este Cuerpo Deliberativo Convenio de
Locación firmado en fecha 10 de Enero de 2004 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y el Señor Alfonso
Raúl Ianniello, D.N.I. Nº 7.836.275, y;
CONSIDERANDO:
Que, el citado Convenio establece que la Municipalidad alquila al locador los
inmuebles identificados con las Nomenclaturas Catastrales 13-20-052-8554/8556/8656/8355,
lo que hace un total de 1795 Mts², lotes ubicados entre la intersección de las calles Julio A.
Roca y Juan Ithurra de esta localidad.-
Que, dicho inmueble tendrá por destino ser utilizado por la parte de la
Municipalidad, para el funcionamiento de la feria de artesanías y productos regionales.-
Que, el presente contrato tendrá vigencia desde el mes de Enero de 2004 al 31 de
Julio de 2004 es decir seis (6) meses, todo ello de conformidad con lo estipulado en el Art. 2º
Inc. d) de la Ley 23091, pudiendo ser renovable el mismo debiendo anoticiarse las partes con
dos meses de anticipación al vencimiento.-
Que, a partir de ese acto se hace formal entrega de la tenencia al Municipio, la cual
se encuentra desde ya autorizada al traslado de las personas y/o materiales correspondientes y
necesarios para la ejecución del presente convenio.-
Que, el precio de arrendamiento se establece en la suma de pesos un mil quinientos
($1.500,00) por el periodo que corre desde enero hasta Julio/2004, los que la Municipalidad
pagará una vez de suscripto y ratificado por el Concejo Deliberante (conforme Art. 57, Inciso
t) de la Carta orgánica Municipal).-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 02/07/2004, conforme lo
establecido en Despacho Nº 112/04 de fecha 29/06/2004, emitido por la Comisión de Obras y
Servicios Públicos, dispone por unanimidad ratificar el mencionado convenio.-
Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Locación firmado en fecha 10 de Enero de
2004 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el
Señor Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, en adelante “La Municipalidad” y el
Señor Raúl Alfonso Ianniello, D.N.I. Nº 7.836.275, en adelante “El Locador”, el cual integra
la presente como Anexo I, mediante el cual la Municipalidad alquila al locador los inmuebles
identificados con las Nomenclaturas Catastrales 13-20-052-8554/8556/8656/8355, lo que hace
un total de 1795 Mts², lotes ubicados entre la intersección de las calles Julio A. Roca y Juan
Ithurra de esta localidad.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1165/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y
por su intermedio envíese copia de la presente al Sr. Alfonso Raúl Ianniello,
a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO
DOS MIL CUATROM, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1179/04.-
Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE