Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3077/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10.840 Folio 295 de fecha 10/12/2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, el Sr. Intendente Municipal Dn. Carlos A. Corazini, solicita
autorización para la Concesión, a través de Comodato de Uso, del CAMPING “TOSCAS
BLANCAS”, a la “Asociación Civil, Social, Cultural y Deportiva Don Bosco” de Junín de los
Andes.-
Que, la Municipalidad de Junín de los Andes conforme sentencia dictada por el Poder
Judicial, ha procedido a la recuperación del Camping “Toscas Blancas”, según documentación
obrante en el Expte C.D. Nº 10.812/20 de fecha 17/11/2020.-
Que, el Ejecutivo Municipal fundamenta este pedido de autorización atento la Nota de
fecha 12/11/2020 presentada por la Asociación antes mencionada, por la cual solicita la
concesión de dicho Camping, la que se anexa en el Expte C.D. Nº 10.812/20, y en virtud a la
apertura de la Temporada 2020/2021, con tiempos acotados para llevar adelante el pertinente
llamado a licitación.-
Que, el Camping “Toscas Blancas”, se encuentra asentado en una fracción de tierra ubicada
sobre calle Arrayanes (ingresando desde la Ruta Nacional Nº 40 por calle Arrayanes hacia el Río
Chimehuín).-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/12/2020, resuelve sobre
tablas y por unanimidad aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de la norma
pertinente.-
POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA ORGANICA
MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON
FUERZA DE;
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, la Concesión, a través de
COMODATO DE USO, del CAMPING denominado “TOSCAS BLANCAS”, a la
“Asociación Civil, Social, Cultural y Deportiva Don Bosco” de Junín de los Andes, hasta tanto se
realice el llamado a Licitación del citado Camping.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que una vez refrendado el documento mencionado en el
Artículo anterior, se remita una copia a este Concejo Deliberante para proseguir con
los trámites respectivos.-
ARTÍCULO 3º: Remítase: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la “Asociación
Civil, Social, Cultural y Deportiva Don Bosco” de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIEZ DIAS
DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
2090/20.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante