ORDENANZA Nº 1608/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1608/2008
VISTO: La presentación realizada por el Bloque Frente UNE solicitando la implementación del
Boletín Oficial Municipal, registrada bajo Expte. Nº 1694/08 de fecha 11/04/2008, y;
CONSIDERANDO
Que, los Artículos 23º y 24º de la Carta Orgánica Municipal establecen como principio
de gobierno la publicación y difusión de sus actos.-
Que, es atribución de este Concejo Deliberante reglamentar su estructura general, plazos
de publicación y anexos.-
Que, el Ejecutivo Municipal coincide de manera conceptual, filosófica y política con la
iniciativa presentada por el Bloque del Frente UNE.-
Que, es necesario dictar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: CRÉASE el Boletín Oficial Municipal y anexo, a los efectos de dar publicidad
legal a las Ordenanzas, Resoluciones, Declaraciones, comunicaciones y demás
normas municipales.-
ARTÍCULO 2º: DESTÍNASE a la Secretaría de Gobierno como responsable de la
elaboración y publicación del Boletín Oficial Municipal. Esta Secretaría
destinará para ello, personal de planta municipal.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que el mismo será publicado en forma mensual.-
ARTÍCULO 4º: AUTORIZASE la publicación de ordenanzas y resoluciones en forma
sintetizada en que los casos en que dichas normas se refieran a casos o
situaciones particulares.-
ARTÍCULOS 5º: DETERMINASE que el Boletín Oficial constará de las siguientes secciones:
A) PORTADA
A.1) TÍTULO Y ESCUDO: “Boletín Oficial de la Municipalidad de Junín de lo Andes”.-A.2)
Datos de Edición: Número de Boletín – Fecha – Responsable de Edición – Nº de Ordenanza
de creación del Boletín Oficial.-
A.3) NOMBRE DE: Miembros del Concejo Deliberante. Autoridades del Poder Ejecutivo.
Autoridades del Poder Judicial.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
ORDENANZA Nº 1608/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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B) SECCIÓN I “DEL CONCEJO DELIBERANTE”: Publicación de Ordenanzas –
Resoluciones – Declaraciones – Comunicaciones; del Concejo Deliberante.-
C) SECCIÓN II “DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO”: Publicación de Resoluciones,
disposiciones y demás normas del Departamento Ejecutivo Municipal.-
D) ANEXO: Información acerca del “estado de los ingresos, gastos y disponibilidades, el
balance sintético sobre la ejecución del presupuesto”, tal lo dispuesto por el Art. 25º de la
Carta Orgánica Municipal.-
ARTÍCULO 6º: FÍJASE como fecha límite para la recepción de toda información a publicar, el
día 20 de cada mes o el día hábil siguiente.-
ARTÍCULO 7º: ESTABLÉCESE un máximo de cinco (5) días hábiles desde la recepción de la
información para elaborar y publica este Boletín.-
ARTÍCULO 8º: ORDÉNESE que el Boletín Oficial Municipal será dado a conocer a los
vecinos a través de los siguientes medios:
a) Impreso, se garantizará la impresión de la cantidad de quinientos (500) ejemplares como
mínimo.-
b) Formato digitalizado, para ser consultado en la página Web de la Municipalidad de Junín
de los Andes.
c) Impreso, en exhibición en cartelera de las distintas dependencias municipales.-
ARTÍCULO 9º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a imputar en el
presupuesto los gastos que correspondan a la confección del Boletín Oficial.-
ARTÍCULO 10º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 11º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 12º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Gustavo
Edgardo Cañicul.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIECISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 1386/08.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES