Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 955/2001
VISTO: La Nota Nº 1017/01 firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique
Campos, donde remite adjunto Convenio de Obras de Infraestructura celebrado entre
la Municipalidad de Junín de los Andes y la Firma Roca Jalil S.A., para su homologación, y;
CONSIDERANDO:
Que, se ha firmado el Convenio entre el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén
Enrique Campos, el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y
Medio Ambiente, M.M.O. Don Diego A. Marcovesky, por la Municipalidad y por la otra el Sr.
Germán Pollitzer, Director y apoderado de la firma Roca Jalil con el Objeto de dar
cumplimento a lo establecido en el Código Urbano y de Edificación – Ordenanza Municipal
Nº 237/91 con referencia a las nueva urbanizaciones a emplazarse en la localidad.-
Que, conforme dicha Ordenanza, el loteador se compromete a finalizar las obras que
se describen en el Artículo 14.1.7. , 14.1.8. en los siguientes plazos:
o Red de Agua Corriente Potable: Dentro de los 30 días corridos, desde la firma del
convenio.-
o Red de Energía Eléctrica: Dentro de los 60 días corridos contados, desde la firma del
convenio.-
o Red de Distribución de Gas Natural: Dentro de los 45 días corridos desde la firma del
convenio.-
o Red Cloacal: Dentro de los 30 días corridos desde la firma del convenio.-
o Enripiado de calles: Dentro de los 70 días corridos desde la firma del Convenio.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc. “t”, establece: “Ratificar o
rechazar los convenios con la Nación, provincias, municipios, entes públicos o privados
nacionales e internacionales”.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA DE PRORROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Obras de Infraestructura suscripto entre el Sr.
Intendente Municipal Profesor Rubén Enrique Campos, el Sr. Diego Alexis
Marcovesky, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente,
en representación de la Municipalidad de Junín de los Andes y por la otra parte el Sr. Germán
Pollitzer, en carácter de Director y Apoderado de la Firma Roca Jalil S.A., y que figura como
Anexo I de la presente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTICULO 3º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal, envíese copia a la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, al
apoderado de la firma Roca Jalil S.A. y a los vecinos que actualmente poseen Exptes. de
planos aprobados en el Loteo Santa Julia.-
ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén (Conforme
Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica
Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl
Ande.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS
VEINTIÚN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1058/01.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES