Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2241/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2241/2013
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6671/13 de fecha 16/04/2013 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo remite CONVENIO celebrado en fecha 26 de Diciembre de
2012 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN Y LA
MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, el cual se regirá por las siguientes Cláusulas:
Primera: Objeto: El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las cuales
se coordinarán las tareas de riego a realizar sobre la “Ruta Provincial Nº 61 Tr. Ruta Nacional Nº
40 – km 22”.-
Segunda: “La Dirección” abonará a la Municipalidad la suma total de Pesos Ciento Ochenta Mil
($ 180.000,00)- $/h 180,00-, los cuales serán destinados a la contratación de dos camiones
regadores de agua, de capacidad de 10.000 litros, por el termino de 1000 horas (500 horas cada
uno) que realizarán el riego d la zona descripta en la cláusula primera. Dicho monto será
transferido a “El Ente” en un plazo de 15 días, contados a partir de la fecha de emisión de los
cerificados mensuales por las tareas ejecutadas.-
Tercera: “El Ente” se compromete a realizar la contratación indicada en la cláusula anterior a
terceros, por la falta de disponibilidad de camiones regadores y personal para ser destinados a los
fines del presente, debiendo prever todos los aspectos legales vigentes en la materia.-
Cuarta: Las partes acuerdan que la ejecución de los trabajos de riego por un plazo de tres (3)
meses, contados a partir del día 1 de enero de 2013, con vencimiento el 31 de marzo de 2013.-
Quinta: Las tareas de riego serán supervisadas por el Distrito IV – San Martín de los Andes. A tal
efecto, la Dirección certificará los trabajos y confeccionará el acta de recepción correspondiente.-
Sexta: “La Dirección” decidirá, a través de la superioridad, si prorroga o no el presente acuerdo,
debiendo notificar fehacientemente a “El Ente” con quince días de antelación al cumplimiento del
plazo acordado.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/04/2013 en tratamiento
sobre tablas, dispuso por unanimidad aprobar el convenio de referencia, con el dictado de la
norma legal respectiva.-
POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE;
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2241/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el CONVENIO Nº 026/13 celebrado en fecha 26 de
Diciembre de 2012 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL
NEUQUÉN, representada por el Sr. Presidente del Directorio de la Repartición, Ing. Guillermo
Monzani, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por la Sra.
Viceintendente Municipal, Prof. Andrea Silvana Rosso, referente a la “Provisión de 2 (dos)
camiones regadores de agua de 10.000 litros de capacidad para realizar tareas de riego en
“Ruta Provincial Nº 61, Tr. Ruta Nacional 40 Km 22”, el cual integra la presente como Anexo
I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Dirección Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JO SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1665/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA