Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1190/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1190/2004
VISTO: El Convenio de Pago Parque Industrial celebrado a los 02 días del mes de Agosto
de 2004 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Firma “OKUME S.A.”,
representada por su Presidente, Sra. María Eugenia Zieher, titular del D.N.I. Nº 20.204.169, el
cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme Exptes. Administrativo iniciado ante el
Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Junín de los Andes identificados con los
Nºs. 8275/03, 8358/03 y 9312/04, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del mismo la “Municipalidad” vende, cede y transfiere al “Adquirente” y
éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº
1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
identificada como parte del Lote 1 “A” de la Manzana 84, Nomenclatura Catastral 13-20-054-
9956, con una superficie de Tres Mil Metros Cuadrados (3.000 m²), o los que en más o en menos
resulte de la mensura definitiva a practicarse por la “Adquirente”. La presente descripción gráfica
fue tomada del Expediente de Mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro, bajo el
Nº E-2756-5945/01.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de pesos diez ($10,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00), que serán cancelados
conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 051/2004 del 20/09/2004 de la Comisión de
Economía y Hacienda, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 24/09/2004, resuelve por
unanimidad ratificar el Convenio en cuestión, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado a los 02
días del mes de agosto de 2004 entre la Municipalidad de Junín de los
Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y el Señor
Secretario de Planificación, Producción y Gestión Ambiental, Don Marcelo E. Banchio, y la
Firma “OKUME S.A.”, representada por su Presidente, Sra. María Eugenia Zieher, titular del
D.N.I. Nº 20.204.169, el cual consta de diez (10) Cláusulas y Condiciones e integra la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente a la Empresa interesada, y a las
Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1190/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1191/04.-
Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE