Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1126/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1126/2003
VISTO: El Convenio celebrado en el mes de Noviembre de 2003 entre la Municipalidad de
Junín de los Andes y el Ente Provincial de Energía del Neuquén, el cual se realiza en
un todo de acuerdo y conforme Expte. iniciado ante el Concejo Deliberante de la ciudad de
Junín de los Andes, por el Sr. Gerente General del E.P.E.N., Cdor. Carlos A. Villafranca,
identificado con el Nº 2103 Folio 158 de fecha 21/08/2001, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del mismo la “Municipalidad” transfiere todos los derechos que le
corresponden al “Ente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza
Nº 479/95, una fracción de terrenos ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
identificada como fracción de terreno parte de Lote Uno de la MANZANA 85, de una
superficie de dos mil quinientos metros cuadrados (2.500 Mts²), ó lapo que en más o en menos
resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Ente”, cuyas medidas y linderos son los
siguientes: al Norte con la calle Huellelthue por 50 Mts.; al Sur con el resto del Lote 1 de su
misma Manzana; al Este con el Boulevard Paimún por 50; y al Oeste con resto del Lote 1 de
su misma Manzana por 50 Mts. La presente descripción gráfica fue tomada del Expediente de
Plano de Mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro, bajo el Nº E-2756
1511/98.-
Que, el “Ente” está obligado a realzar en el predio antes mencionado el total del
proyecto presentado al Concejo Deliberante, conforme Artículo 11 de la Ordenanza Nº
479/95.-
Que, este Concejo Deliberante atento al Despacho Nº 234/03 de la Comisión de
Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, en Sesión Ordinaria de
fecha 09/12/2003, resuelve por unanimidad ratificar el Convenio citado mediante el dictado de
la presente Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1126/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio celebrado en el mes de Noviembre de 2003
entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.
Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y el Señor Secretario de Gobierno,
Coordinación y Control de Gestión, Don Marcelo E. Banchio, y el Ente Provincial de Energía
del Neuquén (E.P.E.N.), representada por su Gerente General, Cdor. Carlos A. Villafranca, el
cual consta de Siete Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Ente Provincial de Energía del
Neuquén (E.P.E.N.), y a las Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y
efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J.
del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1152/03.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES