Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2940/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2940/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10224/19
fecha 31/05/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de
titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 19, de la Manzana 151, ubicado
en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Cisterna, Juan Manuel, D.N.I. Nº
29.750.797, a favor de la Sra. Tagliaferri, María Magdalena, D.N.I. Nº 30.134.288, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en dicho Anexo figura el Sr. Cisterna, Juan Manuel, D.N.I. Nº 29.750.797, en el
Orden Nº 585.-
Que, a fs. 05 y 06 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de
fecha 04/06/2011 del Lote N° 19 de la Manzana 151, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-1957,
con una superficie de cuatrocientos cincuenta y cuatro con noventa y ocho metros cuadrados
(454,98 m²), ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, al Sr. Cisterna, Juan Manuel.-
Que, a fs. 02 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha
10/03/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la
cual el Sr. Cisterna, Juan Manuel, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la tenencia
precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 19 de la Manzana 151 del Loteo Social
Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o derechos
obtenidos bajo la misma a la Sra. Tagliaferri, María Magdalena, D.N.I. Nº 30.134.288.-
Que, a fs. 11 se adjunta dictamen de fecha 20/05/2019 de Asesoría Legal Municipal,
por el cual se expresa: “… esta Asesoría Legal no ve impedimento alguno para acceder a lo
solicitado y se prosiga con el trámite administrativo correspondiente a fin de que el órgano
compétete resuelva sobre el particular”.-
Que, a fs. 16 obra dictamen de fecha 25/05/2019 de Asesoría Legal del Concejo
Deliberante, por el cual manifiesta: “… que no veo obstáculos para conceder la autorización
de cesión que a este Concejo se solicita a fs. 13, debiendo verificarse – no obstante- el
efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Cláusula Séptima del Certificado de
pre-adjudicación”.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2940/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 071/19 de la
Comisión Interna de Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
31/07/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados
para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y
familiar, al Sr. Cisterna, Juan Manuel, D.N.I. Nº 29.750.797, aprobado mediante Ordenanza
1846/2010.-
ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. Tagliaferri, María Magdalena,
D.N.I. Nº 30.134.288, y ceder los derechos de pre-adjudicación del Lote N° 19 de la Manzana
151, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-1957, con una superficie de cuatrocientos cincuenta y
cuatro con noventa y ocho metros cuadrados (454,98 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los
antecedentes obrantes en Expediente C.D. N° 10281/19, el que diera origen a la presente
norma.
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2021/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA