2940 - 19 Baja Condición y alta Nuevo calificado Loteo Social Tagliaferri Maria.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2940/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2940/2019

VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10224/19


fecha 31/05/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de


titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 19, de la Manzana 151, ubicado


en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Cisterna, Juan Manuel, D.N.I. Nº


29.750.797, a favor de la Sra. Tagliaferri, María Magdalena, D.N.I. Nº 30.134.288, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la


adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la


fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado


a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-


Que, en dicho Anexo figura el Sr. Cisterna, Juan Manuel, D.N.I. Nº 29.750.797, en el


Orden Nº 585.-


Que, a fs. 05 y 06 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de


fecha 04/06/2011 del Lote N° 19 de la Manzana 151, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-1957,


con una superficie de cuatrocientos cincuenta y cuatro con noventa y ocho metros cuadrados


(454,98 m²), ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, al Sr. Cisterna, Juan Manuel.-


Que, a fs. 02 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha


10/03/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la


cual el Sr. Cisterna, Juan Manuel, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la tenencia


precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 19 de la Manzana 151 del Loteo Social


Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o derechos


obtenidos bajo la misma a la Sra. Tagliaferri, María Magdalena, D.N.I. Nº 30.134.288.-


Que, a fs. 11 se adjunta dictamen de fecha 20/05/2019 de Asesoría Legal Municipal,


por el cual se expresa: “… esta Asesoría Legal no ve impedimento alguno para acceder a lo


solicitado y se prosiga con el trámite administrativo correspondiente a fin de que el órgano


compétete resuelva sobre el particular”.-


Que, a fs. 16 obra dictamen de fecha 25/05/2019 de Asesoría Legal del Concejo


Deliberante, por el cual manifiesta: “… que no veo obstáculos para conceder la autorización


de cesión que a este Concejo se solicita a fs. 13, debiendo verificarse – no obstante- el


efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Cláusula Séptima del Certificado de


pre-adjudicación”.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2940/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 071/19 de la


Comisión Interna de Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


31/07/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados


para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y


familiar, al Sr. Cisterna, Juan Manuel, D.N.I. Nº 29.750.797, aprobado mediante Ordenanza


1846/2010.-




ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. Tagliaferri, María Magdalena,


D.N.I. Nº 30.134.288, y ceder los derechos de pre-adjudicación del Lote N° 19 de la Manzana


151, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-1957, con una superficie de cuatrocientos cincuenta y


cuatro con noventa y ocho metros cuadrados (454,98 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los


antecedentes obrantes en Expediente C.D. N° 10281/19, el que diera origen a la presente


norma.




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2021/19.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA