Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1332/2006.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1332/2006
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3415/06 de fecha 30/01/2005 que contiene Nota Nº 031/06,
enviada por el Sr. Intendente Municipal A/C, Don Carlos A. Corazini, mediante el
cual solicita a este Cuerpo Deliberativo la posibilidad de realizar una Sesión Extraordinaria
según lo normado en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 51º Inc. “d”, para dar
tratamiento exclusivo a la solicitud de prolongación de la Ordenanza Nº 1251/05 “Aportes
Económicos para Pequeños Mejoramientos Habitacionales” desde el mes de Febrero de 2006
hasta Diciembre de 2007, y;
CONSIDERANDO:
Que, del mismo modo el Ejecutivo Municipal solicita la incorporación de un nuevo
Artículo el cual deberá decir: “Facúltase al Ejecutivo Municipal a firmar convenios para la
recepción de fondos provenientes de Nación a través de los Programas que esta implemente
(Plan Federal de Mejoramientos de Vivienda “Mejor Vivir”, Plan Federal de Viviendas, etc.),
o los implementados por la Provincia a través de la Agencia para el Desarrollo Urbano
Sustentable A.D.U.S.) o el Instituto de Vivienda y Urbanismo (I.P.V.U.N.), para lo cual al
momento de la entrega se respetará los montos destinados para cada Programa y las
reglamentaciones expuestas dentro de los mismos”.-
Que, el mencionado Programa está destinado a cubrir parte de la demanda
habitacional, de los integrantes de la comunidad de Junín de los Andes;
Que, es necesario implementar programas destinados a cubrir la demanda
habitacional, según lo especifica la Carta Orgánica Municipal, en su Art. 153, donde dice “La
Municipalidad elaborará y ejecutará su política de vivienda destinada a dar respuesta a las
necesidades de la población; para ello podrá suscribir convenios con los Gobiernos Nacionales
y/o Provinciales...”.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: PROLÓNGASE la Ordenanza Nº 1251/2005 de fecha 14 de Abril de 2005
“APORTES ECONÓMICOS PARA PEQUEÑOS MEJORAMIENTOS
HABITACIONALES”, desde el mes de Febrero de 2006 hasta el mes de Diciembre de
2007.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1332/2006.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTICULO 2º: FACÚLTASE al Ejecutivo Municipal a firmar convenios para la recepción
de fondos provenientes de Nación a través de los Programas que esta
implemente (Plan Federal de Mejoramientos de Vivienda “Mejor Vivir”, Plan Federal de
Viviendas, etc.), o los implementados por la Provincia a través de la Agencia para el
Desarrollo Urbano Sustentable A.D.U.S.) o el Instituto de Vivienda y Urbanismo (I.P.V.U.N.),
para lo cual al momento de la entrega se respetará los montos destinados para cada Programa y
las reglamentaciones expuestas dentro de los mismos”.-
ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
promulgación.-
ARTÍCULO 4º: PÚBLIQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián Bosque.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL SEIS,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1260/06.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA