Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2897/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10100/19 de fecha 19/03/2019, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, por el cual se solicita una prórroga de la Ordenanza Nº 2836/2018,
sancionada en fecha 19/09/2018, promulgada por Decreto E.M. Nº 381/18 de fecha 24/09/2018, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la citada noma legal, Artículo 1º, se autoriza al Departamento Ejecutivo
Municipal a crear el “Fondo de Servicio de Tratamiento y Disposición de Residuos Sólidos
Urbanos”.-
Que, en el Artículo 2º, “se incorpora dentro de la Tasa por Servicios Retributivos el ítem
denominado “Fondo de Servicio de Tratamiento y Disposición final de Residuos” cuya finalidad
exclusiva es solventar los gastos generados por las tareas de funcionamiento y mantenimiento
regular del nuevo sistema de gestión de residuos sólidos urbanos ...”-
Que, en el Artículo 3º, “se faculta Ejecutivo Municipal a incorporar el cobro de una tasa
diferenciada a Generadores Comerciales dentro de la Licencia Comercial …”-
Que, en el Artículo 9º, “se establece que la citada ordenanza tendrá una vigencia de seis
(6) meses, a partir de su promulgación. Una vez concluido el plazo estipulado se podrá prorrogar,
por igual periodo, previa solicitud del Ejecutivo Municipal y posterior aprobación del Concejo
Deliberante”.-
Que, el Ejecutivo Municipal, solicita la prorroga de lo establecido en la citada ordenanza
por el término de tres (3) meses, ya que se ha observado que con los montos recaudados se ha
podido cubrir una parte importante de los gastos que demanda la operación de la Planta de Residuos
Sólidos Urbanos. Asimismo, aclara que el equipo técnico está realizando un estudio pormenorizado
de este tema a fin de realizar un proyecto definitivo al respecto.-
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
20/03/2019, dispuso sobre tablas y por unanimidad autorizar la prórroga solicitada por el Ejecutivo
Municipal debiendo dictarse en consecuencia la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE: por el término de tres (3) meses, a partir de la promulgación de
la presente, la Ordenanza Nº 2836/2018, sancionada en fecha 19/09/2018,
promulgada por Decreto E.M. Nº 381/18 de fecha 24/09/2018.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE: a conocimiento público y amplia difusión por los medios escritos y orales
de la localidad de la presente ordenanza.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2002/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES