Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2938/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2938/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10281/19
fecha 27/06/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de
titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 11, de la Manzana 139, ubicado
en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Rodríguez, Camilo Pablo, D.N.I. Nº
27.435.101, a favor de la Sra. Aigo, Alejandra Paola, D.N.I. Nº 34.819.206, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en dicho Anexo figura el Sr. Rodríguez, Camilo Pablo, D.N.I. Nº 27.435.101, en
el Orden Nº 809.-
Que, a fs. 20 y 21 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de
fecha 04/06/2011 del Lote N° 11 de la Manzana 139, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-5232,
con una superficie de trescientos sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo
Social “Nehuen Che”, al Sr. Rodríguez, Camilo Pablo.-
Que, a fs. 19 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha
14/05/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la
cual el Sr. Rodríguez, Daniel Reinaldo, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la
tenencia precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 11 de la Manzana 139 del Loteo
Social Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o
derechos obtenidos bajo la misma a la Sra. Aigo, Alejandra Paola, D.N.I. Nº 34.819.206.-
Que, a fs. 24 se adjunta dictamen de fecha 14/06/2019 de Asesoría Legal Municipal,
por el cual se expresa: “…Que de conformidad con la documental acompañada y las razones
antes expuestas, esta asesoría no encuentra impedimento alguno para proceder a la
trasferencia del inmueble objeto de la presente consulta, previa autorización por el Cuerpo
Legislativo”.-
Que, a fs. 28 obra dictamen de fecha 26/07/2019 de Asesoría Legal del Concejo
Deliberante, por el cual manifiesta: “… atento que la cesión se efectuaría a favor de quien
fuera concubina del beneficiario – Sr Camilo Pablo Rodríguez- y que por ende son también
beneficiarios indirectos los hijos en común que ambos tuvieron mientras duró el vínculo entre
ellos, … y teniendo en cuenta el interés superior del niño que siempre debe primar,… entiendo
que no hay objeciones que formular a la autorización que se peticiona para ceder el lote
identificado a fs. 20”.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2938/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 069/19 de la
Comisión Interna de Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
31/07/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados
para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y
familiar, al Sr. Rodríguez, Camilo Pablo, D.N.I. Nº 27.435.101, aprobado mediante Ordenanza
1846/2010.-
ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. Aigo, Alejandra Paola, D.N.I. Nº
34.819.206, y ceder los derechos de pre-adjudicación del Lote N° 11 de la
Manzana 139, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-5232, con una superficie de trescientos
sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los antecedentes
obrantes en Expediente C.D. N° 10281/19, el que diera origen a la presente norma.
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2021/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA