2938 - 19 Baja Condición y alta nuevo calificado loteo social Aigo Paola.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2938/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2938/2019

VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10281/19


fecha 27/06/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de


titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 11, de la Manzana 139, ubicado


en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Rodríguez, Camilo Pablo, D.N.I. Nº


27.435.101, a favor de la Sra. Aigo, Alejandra Paola, D.N.I. Nº 34.819.206, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la


adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la


fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado


a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-


Que, en dicho Anexo figura el Sr. Rodríguez, Camilo Pablo, D.N.I. Nº 27.435.101, en


el Orden Nº 809.-


Que, a fs. 20 y 21 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de


fecha 04/06/2011 del Lote N° 11 de la Manzana 139, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-5232,


con una superficie de trescientos sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo


Social “Nehuen Che”, al Sr. Rodríguez, Camilo Pablo.-


Que, a fs. 19 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha


14/05/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la


cual el Sr. Rodríguez, Daniel Reinaldo, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la


tenencia precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 11 de la Manzana 139 del Loteo


Social Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o


derechos obtenidos bajo la misma a la Sra. Aigo, Alejandra Paola, D.N.I. Nº 34.819.206.-


Que, a fs. 24 se adjunta dictamen de fecha 14/06/2019 de Asesoría Legal Municipal,


por el cual se expresa: “…Que de conformidad con la documental acompañada y las razones


antes expuestas, esta asesoría no encuentra impedimento alguno para proceder a la


trasferencia del inmueble objeto de la presente consulta, previa autorización por el Cuerpo


Legislativo”.-


Que, a fs. 28 obra dictamen de fecha 26/07/2019 de Asesoría Legal del Concejo


Deliberante, por el cual manifiesta: “… atento que la cesión se efectuaría a favor de quien


fuera concubina del beneficiario – Sr Camilo Pablo Rodríguez- y que por ende son también


beneficiarios indirectos los hijos en común que ambos tuvieron mientras duró el vínculo entre


ellos, … y teniendo en cuenta el interés superior del niño que siempre debe primar,… entiendo


que no hay objeciones que formular a la autorización que se peticiona para ceder el lote


identificado a fs. 20”.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2938/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 069/19 de la


Comisión Interna de Labor Legislativa, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


31/07/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados


para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y


familiar, al Sr. Rodríguez, Camilo Pablo, D.N.I. Nº 27.435.101, aprobado mediante Ordenanza


1846/2010.-




ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Sra. Aigo, Alejandra Paola, D.N.I. Nº


34.819.206, y ceder los derechos de pre-adjudicación del Lote N° 11 de la


Manzana 139, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-5232, con una superficie de trescientos


sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los antecedentes


obrantes en Expediente C.D. N° 10281/19, el que diera origen a la presente norma.




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2021/19.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA