2700 - 17 Remate vehiculos municipales.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2700/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2700/2017




VISTO: La necesidad de obtener fondos para la adquisición nuevos vehículos para el parque


automotor de la Municipalidad de Junín de los Andes, es necesario reemplazar los


vehículos que se encuentran en el limite de usos por servicios en la Municipalidad, y la


necesidad de que los reemplazados, sean enajenados a los efectos de obtener un recupero que


se destinará a la atención de las necesidades del tratamiento de residuos, y;


CONSIDERANDO:


Que, en virtud de lo expresado por el Departamento Ejecutivo Municipal, dentro de


la planificación existente, se impulsa la realización de la subasta de los bienes, rodados


desafectados para su uso, considerado que los mismos han alcanzado el máximo plazo de


trabajo. Conforme al procedimiento de amortización y depreciación que especifica o sugiere


los contenidos de la materia regida, según datos aportados por la aseguradora.-


Que, conforme lo normado por la Carta Orgánica Municipal (Quinta Parte,
Patrimonio y Régimen Económico y Financiero, Titulo I, Patrimonio Municipal, Capítulo I,


Bienes Patrimoniales, Art. 214º. Formará parte del patrimonio municipal los bienes inmuebles,


muebles registrables o no, semovientes, créditos, títulos, derechos, fondos y valores en existencia,


adquiridos o los que se adquieran en el futuro con fondos propios o mediante legados, donaciones


u otro tipo de asignaciones debidamente aceptadas. El patrimonio neto está constituido por los


bienes mencionados menos las obligaciones hacia terceros. Dichos bienes puestos a la venta se


encuentran tipificados en esta parte.-


Que, para realizar la venta de los bienes que originan el presente pedido se debe


actuar conforme a lo normado, según surge de la Carta Orgánica Municipal Art. 217º, Quinta
Parte, Título I, Página 82; “Son bienes del dominio privado municipal todos aquellos que posea o


adquiriere la Municipalidad en su carácter de sujeto de derecho privado. Su disposición se hará


de conformidad a esta Carta Orgánica y a las Ordenanzas que se dictaren”.-


Que, las unidades a enajenar son las que se detallan conforme a la documentación


obrante en este Ejecutivo Municipal, según las afectaciones por destinos:


 Una camioneta marca Ford, Modelo EcoSport 2.0 L4WD XLT, Dominio FLK 449 – Motor
CJJA48569668 – Chasis 9BF2E13F248569668 – Año 2005, en el estado que se encuentra.-


 Una camioneta marca Renault, Modelo Kangoo Pack 1.6 PLC, Dominio GET 099 – Motor
K4MJ7300020777 – Chasis SA1KC1T157L822488 – Año 2007, en el estado que se


encuentra.-


 Un micro ómnibus marca Mercedes Benz – Modelo LO 814 – Dominio BSY 268 – Motor 374-
98010335133 – Chasis 9BM688176-TB107665 – Año 1997, en el estado en que se encuentra.-


 Una camioneta marca Ford, Modelo KK-Ranger XLT C/C 4x2 D – Chasis
8AFDR12D1YJ144779 – Motor B32531077 –Dominio DDV 733 - Año 2000, en el estado en


que se encuentra.-


 Una camioneta marca Renault, Modelo Kangoo Authentique 1.6, Dominio FKJ 397 – Motor
K4MJ730Q012550 – Chasis 8A1KC0R156L696449 – Año 2006, en el estado en que se


encuentra.-


 Un camión marca Mercedes Benz – Modelo 05-L1112/42 – Dominio SSF 964 – Motor
SC01144583 – Chasis 341006-10-012628 – Año 1974, en el estado en que se encuentra.-













LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2700/17.-
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Concejo Deliberante


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Que, dichos bienes registrados; según consta en el Registro de Inversiones de Capital


del Patrimonio Municipal, deben ser desafectados previa autorización de enajenación, según lo


dispone el Art. 57º Inciso “j” de la Carta Orgánica Municipal para efectuar la convocatoria a


venta de los mencionados bienes.-


Que, a los efectos de recuperar el valor de los vehículos puestos a la venta, mediante


el procedimiento de presentación de ofertas a sobres cerrados se impulsa la enajenación de los


mismos, teniendo en cuenta la depreciación mas la amortización, sobre la base del monto


original que arrojará el valor residual, los que producida la operación de venta serán


ingresados a la cuenta oficial, como recursos propios.-


Que, obran suficientes antecedentes en la Municipalidad, sobre los altos costos que


demanda el mantenimiento de las unidades puestas a consideración del Concejo Deliberante


para requerir su urgente enajenación.-


Que, el mantenimiento de estas unidades ha exigido la superación permanente de las


partidas presupuestarias previstas, para su uso norma en las distintas áreas a las que se han


sido asignadas.-


Que, la presente solicitud se encuentra prevista en la Carta Orgánica Municipal,


ejerciendo las atribuciones que faculta el Art. 64º por este Departamento Ejecutivo con


sujeción a lo dispuesto en la Quinta Parte, Capítulo IV Art. 229º y Art. 230º (Sistema de


Selección. Inciso “e” remate o subasta por venta de bienes); facultad original del Concejo


Deliberante.-


Que, conforme Despacho Nº 066/17 de la Comisión Interna de Economía, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/05/2017, decide por unanimidad aprobar


el presente Proyecto de Ordenanza propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, bajo


Expte. C.D. Nº 9018/17 de fecha 20/04/2017, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a enajenar, de


acuerdo a lo normado en el Art. 57º Inciso “j” de los vehículos que se


detallan a continuación conforme al procedimiento y metodología fijada por la Carta Orgánica


Municipal, para los bienes del dominio privado (Art. 217º) y su precedente; QUINTA PARTE,


TITULO I CAPÍTULO I, (Patrimonio y Régimen Económico y Financiero – Bienes


Patrimoniales) Art. 214º de acuerdo a los considerandos expresados, a saber:


 Una camioneta marca Ford, Modelo EcoSport 2.0 L4WD XLT, Dominio FLK 449 –
Motor CJJA48569668 – Chasis 9BF2E13F248569668 – Año 2005, en el estado que se


encuentra.-













LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










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Concejo Deliberante


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 Una camioneta marca Renault, Modelo Kangoo Pack 1.6 PLC, Dominio GET 099 –
Motor K4MJ7300020777 – Chasis SA1KC1T157L822488 – Año 2007, en el estado


que se encuentra.-


 Un micro ómnibus marca Mercedes Benz – Modelo LO 814 – Dominio BSY 268 –
Motor 374-98010335133 – Chasis 9BM688176-TB107665 – Año 1997, en el estado


en que se encuentra.-


 Una camioneta marca Ford, Modelo KK-Ranger XLT C/C 4x2 D – Chasis
8AFDR12D1YJ144779 – Motor B32531077 –Dominio DDV 733 - Año 2000, en el


estado en que se encuentra.-


 Una camioneta marca Renault, Modelo Kangoo Authentique 1.6, Dominio FKJ 397 –
Motor K4MJ730Q012550 – Chasis 8A1KC0R156L696449 – Año 2006, en el estado


en que se encuentra.-


 Un camión marca Mercedes Benz – Modelo 05-L1112/42 – Dominio SSF 964 – Motor
SC01144583 – Chasis 341006-10-012628 – Año 1974, en el estado en que se


encuentra.-




ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a confeccionar el


formulario de base para la enajenación de los bienes de rodados,


comprendidos en el Artículo 1º de la presente, los que deberán obtener, Vehículo, Marca,


Modelo, Año de fabricación, Dominio, Datos del Oferente, (Personales e Impositivos para


Personas Físicas e Identidad y Forma Jurídica para Persona de Existencia Ideal) Monto de la


oferta, Forma de Pago y Garantía de Oferta, preservándose los criterios de monto, (superando


la base fijada) garantía de la propuesta formulada y forma de cancelación.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que producida la operación de venta los fondos


originados serán ingresados como recursos propios a la Cuenta Oficial y


serán destinados a la compra de otros vehículos y/o maquinarias.




ARTÍCULO 4º: CRÉASE: la COMISIÓN DE ENAJENACIÓN para la venta de los bienes


rodados que la presente autoriza, la que será integrada por el señor


Viceintendente Municipal, Don Ignacio Enrique Flores, los señores Concejales (uno por cada


Bloque), y los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal.-




ARTÍCULO 5º: DESE amplia difusión previa convocatoria para conocimiento de los


interesados por los medios regionales y locales.-




ARTÍCULO 6º: Remítase: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos,




ARTÍCULO 7º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1901/17.-













LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES