Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1582/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1582/2008.
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3964/08 de fecha 22/05/2008 iniciado por el Sr. Pascual Vicente
y la Sra. Graciela Contreras, Presidente y Secretaria, respectivamente de la
Asociación de Taxis de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Asociación citada solicita una actualización de tarifa de taxis.-
Que, fundamentan el requerimiento en relación al aumento que han sufrido los
insumos relacionados al mantenimiento de los vehículos (combustibles, lubricantes repuestos
etc.), teniendo una mayor deterioro en nuestra localidad, debido al mal estado de las calles y
rutas donde los taxis circulan normalmente.-
Que, asimismo informan que además han tenido incremento los gastos fijos, como
alquileres, impuestos, CNC, teléfonos.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo
124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los
servicios de carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las
jurisdicciones reservadas a los Estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades
delegadas y/o concurrentes cuando ello procediere. El Concejo Deliberante estará facultado
para establecer tarifas diferenciales para casos de carencias u otros que considerare”.-
Que, conforme Despacho Nº 112/08 de la Comisión de Producción y Turismo,
aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria de fecha 11/06/08, este Concejo Deliberante
dispuso derogar la Ordenanza Nº 1459/2007 y establecer nuevos valores para la tarifa de taxi.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1459/2007 de fecha 16/05/07.-
ARTÍCULO 2º: FIJASE que la Tarifa para la prestación del servicio de Taxis en la Ciudad
de Junín de los Andes, se ajustará a los siguientes valores máximos:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1582/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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DIURNA:
1) Bajada de Bandera: $ 1,90.-
2) Por cada 80 mts. , recorridos: $ 0,30.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,30.-
NOCTURNO:
1) Bajada de Bandera: $ 2,00.-
2) Por cada 80 mts. , recorridos: $ 0,35.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,35.-
ARTÍCULO 3º: FIJASE que el horario de la Tarifa nocturna será de 00:00 hs a 07:00 hs.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y Transporte
Municipal y por su intermedio todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro
transporte público de pasajeros.-
ARTÍCULO 5º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Secretario Legislativo A/C, Concejal Gustavo
Edgardo Cañicul.-
ARTÍCULO 7º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1378/08.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES