Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1104/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1104/2003
VISTO: El Expte. C.D. 2695/03 de fecha 04/08/2003 iniciado por el Sr. Ing. Civil Claudio
Pierdominici, referido a solicitud de excepción al Código Urbano y de Edificación en
la propiedad del Sr. Eduardo Nelson Álvarez, Casa Nº 15 del Plan de Viviendas Islas
Malvinas, Operatoria IVE II, ubicado en el Lote 6 de la Manzana 38 “C”, Nomenclatura
Catastral Nº 13-20-045-4116, y;
CONSIDERANDO:
Que, en nota referenciada el presentante solicita la ocupación del retiro de fondo
como se indica en croquis adjunto a fs. 02; basándose que se han hecho excepciones similares
en el mismo sector e incluso en el mismo barrio.-
Que, en el informe Técnico elaborado por el Departamento de Obras Particulares
dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio, Desarrollo Urbano
y Medio Ambiente, se detallan los parámetros estipulados en el Código Urbano y de
Edificación para el Área Equipamiento Turístico (AET 1), zona en la cual se encuentra situado
dicho inmueble, y se informa que en lo que respecta a la Ordenanza Nº 237/91 Código Urbano
y de Edificación, no sería factible la construcción sobre el retiro de fondo, pero considerando
que existen antecedentes en la zona, el área de Obras Particulares considera que puede ser
otorgada, siempre y cuando cumpla con la superficie declarada a construir y que la
construcción la realice sobre una esquina del lote y no sobre el centro como indica el croquis
que el Sr. Profesional presenta.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/09/2003 atento al
informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 169/03 de fecha
16/09/2003, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y
Medio Ambiente, y existiendo antecedentes en la zona en cuestión, dispone por
unanimidad otorgar la excepción solicitada.-
Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
SHUYAY A.J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1104/03
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Sr. ALVAREZ, Eduardo Nelson, una excepción al
Código Urbano y de Edificación; AUTORIZÁNDOSE la ocupación del
Retiro de Fondo, en el inmueble identificado como Casa Nº 15 del Plan de Viviendas Islas
Malvinas, Operatoria IVE II, ubicado en el Lote 6 de la Manzana 38 “C”, Nomenclatura
Catastral Nº 13-20-045-4116, según croquis obrante a fs. 02 del Expte. C.D. Nº 2695/03 de
fecha 04/08/2003.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la
presente al interesado y al profesional actuante, para su conocimiento, y a la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, para que
tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma, de
acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J.
del Río.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1140/03.-
SHUYAY A.J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA