1104 - 2003 Excepción al C.U.E Sr. Alvarez Eduardo Nelson ocupación retiro de fondo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1104/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1104/2003




VISTO: El Expte. C.D. 2695/03 de fecha 04/08/2003 iniciado por el Sr. Ing. Civil Claudio


Pierdominici, referido a solicitud de excepción al Código Urbano y de Edificación en


la propiedad del Sr. Eduardo Nelson Álvarez, Casa Nº 15 del Plan de Viviendas Islas


Malvinas, Operatoria IVE II, ubicado en el Lote 6 de la Manzana 38 “C”, Nomenclatura


Catastral Nº 13-20-045-4116, y;




CONSIDERANDO:




Que, en nota referenciada el presentante solicita la ocupación del retiro de fondo


como se indica en croquis adjunto a fs. 02; basándose que se han hecho excepciones similares


en el mismo sector e incluso en el mismo barrio.-




Que, en el informe Técnico elaborado por el Departamento de Obras Particulares


dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio, Desarrollo Urbano


y Medio Ambiente, se detallan los parámetros estipulados en el Código Urbano y de


Edificación para el Área Equipamiento Turístico (AET 1), zona en la cual se encuentra situado


dicho inmueble, y se informa que en lo que respecta a la Ordenanza Nº 237/91 Código Urbano


y de Edificación, no sería factible la construcción sobre el retiro de fondo, pero considerando


que existen antecedentes en la zona, el área de Obras Particulares considera que puede ser


otorgada, siempre y cuando cumpla con la superficie declarada a construir y que la


construcción la realice sobre una esquina del lote y no sobre el centro como indica el croquis


que el Sr. Profesional presenta.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/09/2003 atento al


informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio


Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 169/03 de fecha


16/09/2003, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y


Medio Ambiente, y existiendo antecedentes en la zona en cuestión, dispone por
unanimidad otorgar la excepción solicitada.-




Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











SHUYAY A.J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1104/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Sr. ALVAREZ, Eduardo Nelson, una excepción al


Código Urbano y de Edificación; AUTORIZÁNDOSE la ocupación del


Retiro de Fondo, en el inmueble identificado como Casa Nº 15 del Plan de Viviendas Islas


Malvinas, Operatoria IVE II, ubicado en el Lote 6 de la Manzana 38 “C”, Nomenclatura


Catastral Nº 13-20-045-4116, según croquis obrante a fs. 02 del Expte. C.D. Nº 2695/03 de


fecha 04/08/2003.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la


presente al interesado y al profesional actuante, para su conocimiento, y a la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, para que


tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma, de


acuerdo a lo normado en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-



ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J.


del Río.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE


SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1140/03.-













SHUYAY A.J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA