2714 - 17 Homologación Convenio Dirección Provincial de Vialidad Banderilleros.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2714/2017



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9119/17 de fecha 26/06/2017 iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo remite CONVENIO celebrado en fecha 13 de Febrero de 2017


entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN (“LA DIRECCIÓN”) Y LA


MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES (“EL ENTE”), el cual se regirá por las siguientes


Cláusulas:


Primera: Objeto: El presente convenio tiene por objeto delegar en la figura del “ENTE” la afectación


de 02 (dos) Ayudantes para tareas de banderilleros en la obra: “Pavimentación de la Ruta Provincial


Nº 61. Tramo: Empalme Ruta Nacional 40 – Km 5”, las cuales serán ejecutadas por el Distrito IV-


San Martín de los Andes.-


Segunda: Por los trabajos a realizar se establece de común acuerdo un monto total de Pesos Noventa


Mil ($ 90.000,00), con la modalidad de certificación mensual en pagos iguales de Pesos Treinta Mil


($ 30.000,00) que la “DIRECCIÓN” abonará al “ENTE” dentro de los Treinta (30) días de concluidos


los mismos.-


Tercera: Se establece un plazo de ejecución de los trabajos de Tres (03) meses corridos, a partir del


Acta de Iniciación de las tareas.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 05/07/2017, conforme al


Despacho Nº 115/17 de la Comisión Interna de Gobierno, dispuso por unanimidad, aprobar el


convenio de referencia, como así también la incorporación de la partida pertinente en el Presupuesto


Ejercicio 2017, con el dictado de la norma legal respectiva.-


POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA ORGANICA


MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA


CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON


FUERZA DE;




O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en fecha 13 de Febrero de 2017 entre la


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN, representada por


el Sr. Presidente del Directorio, Ing. Luis Marcelo Lazcano, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, representada por el Sr. Intendente Municipal, Sr. Carlos A. Corazini, el cual integra la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2017 –


Ordenanza Nº 2661/2016 -, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiste a los


fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo anterior de la presente.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la Dirección


Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JO SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS CINCO


DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1910/17.-











LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES