Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1171/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1171/2004
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3004/04 que contiene Nota Nº 464/04 de fecha 22/07/2004 con
la firma del Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, donde remite copia
Acta Acuerdo celebrada en fecha 03/03/2004 entre el Instituto Nacional de Tecnología
Agropecuaria (INTA) y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del mismo ambos organismos desde sus respectivas esferas de acción
trabajarán con la finalidad de promover en la jurisdicción del ejido municipal acciones del
Proyecto PRO-HUERTA del INTA que propone la “AUTOPRODUCCIÓN DE ALIMENTOS EN
PEQUEÑA ESCALA”, con huertas y granjas familiares, Escolares o comunitarias procurando:
• Complementar la alimentación de los sectores de menores ingresos con una dieta más
balanceada incrementando la calidad y la variedad de los alimentos.-
• Mejorar la distribución del gasto familiar en alimentos.-
• Fomentar la participación comunitaria en la formulación de estrategias para dar solución a
sus problemas alimentarios.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, bajo en Título Desarrollo Agropecuario, en su
Artículo 183º expresa que “La Municipalidad de Junín de los Andes, con el apoyo de
organismos provinciales, nacionales e internacionales, públicos o privados, promoverá en toda
su jurisdicción el desarrollo agropecuario, fomentando actividades adecuadas a la
potencialidad de sus recursos, al planeamiento urbano-rural y a la Carta Ambiental Municipal.
Transferirá tecnología, difundirá las líneas de créditos y subsidios para el área y fomentará la
comercialización de los productos obtenidos”.-
Que, en el Artículo 184º establece que “La Municipalidad reglamentará y fiscalizará
todas las actividades ligadas a la producción primaria de bienes, su manufactura,
industrialización y actividad artesanal derivada”.-
Que, el Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante: t)
Ratificar o rechazar los convenios con la Nación, provincias, municipios, entes públicos o privados
nacionales e internacionales”.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE conforme lo normado en el Artículo 57° Inc. “t” de la
Carta Orgánica Municipal, la firma del Acta Acuerdo celebrada en fecha 03 de
Marzo de 2004, entre el Proyecto Integrado Pro-Huerta del Instituto Nacional de Tecnología
Agropecuaria, presentado por su Coordinador en la Provincia del Neuquén, Ing. Agr. Alberto
Joaquín García, L.E. Nº 7.573.613, con sede en Alaska y Brasil de la Ciudad de Neuquén, en
adelante el “INTA”, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor
Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, en adelante “La Municipalidad”, que integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, y
por su intermedio remítase copia al Coordinador del INTA en la Provincia del
Neuquén, Ing. Agr. Alberto Joaquín García, y a las Secretarías Municipales que correspondan, a
sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1171/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 1181/04.-
Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE