Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1241/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 1241/2005
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3200/05 originado por Nota Nº 131/05 de fecha 10/03/2005 del
Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual remite copia de Convenio firmado
entre la Facultad de la Universidad Nacional del Comahue, y la Municipalidad de Junín de los
Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo la Facultad y el Municipio colaborarán en la
implementación a término en la localidad de Junín de los Andes de la carrera Técnicatura en
Empresa de Servicios Turísticos. El objetivo de la carrera será formar técnicos en el campo
del turismo, capacitándolos para ejecutar tareas inherentes a las diferentes áreas funcionales de
empresas de servicios turísticos del Corredor de los Lagos y elaborar, evaluar y ejecutar el
diseño de servicios turísticos conjuntamente con otros profesionales del turismo.-
Que, el Municipio, en el marco de su responsabilidad respecto del financiamiento de
las actividades académicas objeto del convenio, se compromete a abonar $ 288.800, monto
total del presupuesto de la carrera.-
Que, el Artículo 128, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a la
educación como herramienta fundamental en el proceso de apropiación de la cultura para
alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas. ...”.-
Que, el Artículo 132, dice: “La Municipalidad concertará, coordinará y/o colaborará
activamente con las autoridades provinciales y nacionales realizando las acciones necesarias
para: ... g) Fomentar el dictado de carreras universitarias en la localidad, adecuadas a su
realidad, en especial aquellas que brinden salida laboral a los graduados;
i) Apoyar las investigaciones científicas y técnicas que se relacionen con el mejoramiento de
la educación y todo otro tema que tienda a elevar la calidad de vida de los habitantes;
Que, en vista de las consideraciones reseñadas, este Concejo Deliberante en Sesión
Ordinaria del día 23/03/2005, dispuso por unanimidad ratificar el convenio en cuestión.-
POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1241/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio celebrado en fecha 03/03/2005 entre la
Facultad de Turismo de la Universidad Nacional del Comahue y la
Municipalidad de Junín de los Andes, para el dictado de la carrera a término “Técnico
Universitario en Empresas de Servicios Turísticos”, el cual integra la presente como
“Anexo I”.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada envíese copia de la presente a la Facultad de Turismo de la
Universidad Nacional del Comahue.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme
las Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1213/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES