Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2243/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2243/2013
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6671/13 de fecha 16/04/2013 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo remite CONVENIO celebrado en fecha 26 de Diciembre de
2012 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN Y LA
MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, el cual se regirá por las siguientes Cláusulas:
Primera: Objeto: El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las cuales
se coordinarán las tareas de riego a realizar sobre la “Ruta Provincial Nº 60 Tr. Portada de Parque
Nacional Lanín-Paso Mamuil Malal”.-
Segunda: “La Dirección” abonará a la Municipalidad la suma total de Pesos
Noventa Mil ($ 90.000,00)- $/h 180,00-, los cuales serán destinados a la contratación de un
camión regador de agua, de capacidad de 10.000 litros, por el término de 500 horas que realizará
el riego d la zona descripta en la cláusula primera. Dicho monto será transferido a “El Ente” en
un plazo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de emisión de los cerificados
mensuales por las tareas ejecutadas. (Según Cláusula rectificatoria de fecha 28/02/2013).-
Tercera: “El Ente” se compromete a realizar la contratación indicada en la cláusula anterior a
terceros, por la falta de disponibilidad de camiones regadores y personal para ser destinados a los
fines del presente, debiendo prever todos los aspectos legales vigentes en la materia.-
Cuarta: Las partes acuerdan que la ejecución de los trabajos de riego por un plazo de tres (3)
meses, contados a partir del día 1 de enero de 2013, con vencimiento el 31 de marzo de 2013.-
Quinta: Las tareas de riego serán supervisadas por el Distrito IV – San Martín de los Andes. A tal
efecto, la Dirección certificará los trabajos y confeccionará el acta de recepción correspondiente.-
Sexta: “La Dirección” decidirá, a través de la superioridad, si prorroga o no el presente acuerdo,
debiendo notificar fehacientemente a “El Ente” con quince días de antelación al cumplimiento del
plazo acordado.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/04/2013 en tratamiento
sobre tablas, dispuso por unanimidad aprobar el convenio de referencia, con el dictado de la
norma legal respectiva.-
POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LSO ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE;
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2243/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el CONVENIO Nº 028/13 celebrado en fecha 26 de
Diciembre de 2012 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL
NEUQUÉN, representada por el Sr. Presidente del directorio de la Repartición, Ing. Guillermo
Monzani, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por la Sra.
Viceintendente Municipal, Prof. Andrea Silvana Rosso; y Cláusula de rectificación de la Cláusula
Segunda del citado Convenio, suscripta en fecha 28/02/2013, referente a la provisión de 1 (un)
camión regador de agua de 10.000 litros de capacidad para realizar tareas de riego en
“Ruta Provincial Nº 60, Tr. Portada de Parque Nacional Lanín – Paso Mamuil Malal”, el
cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Dirección Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JO SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1665/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA