2243 - 13 Ratificación Convenio Nº 028-13 - Riego Ruta Prov. 60 Paso Mamuil Malal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2243/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2243/2013



VISTO: El Expte. C.D. Nº 6671/13 de fecha 16/04/2013 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo remite CONVENIO celebrado en fecha 26 de Diciembre de


2012 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL NEUQUÉN Y LA


MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, el cual se regirá por las siguientes Cláusulas:


Primera: Objeto: El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las cuales


se coordinarán las tareas de riego a realizar sobre la “Ruta Provincial Nº 60 Tr. Portada de Parque


Nacional Lanín-Paso Mamuil Malal”.-


Segunda: “La Dirección” abonará a la Municipalidad la suma total de Pesos


Noventa Mil ($ 90.000,00)- $/h 180,00-, los cuales serán destinados a la contratación de un


camión regador de agua, de capacidad de 10.000 litros, por el término de 500 horas que realizará


el riego d la zona descripta en la cláusula primera. Dicho monto será transferido a “El Ente” en


un plazo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de emisión de los cerificados


mensuales por las tareas ejecutadas. (Según Cláusula rectificatoria de fecha 28/02/2013).-


Tercera: “El Ente” se compromete a realizar la contratación indicada en la cláusula anterior a


terceros, por la falta de disponibilidad de camiones regadores y personal para ser destinados a los


fines del presente, debiendo prever todos los aspectos legales vigentes en la materia.-


Cuarta: Las partes acuerdan que la ejecución de los trabajos de riego por un plazo de tres (3)


meses, contados a partir del día 1 de enero de 2013, con vencimiento el 31 de marzo de 2013.-


Quinta: Las tareas de riego serán supervisadas por el Distrito IV – San Martín de los Andes. A tal


efecto, la Dirección certificará los trabajos y confeccionará el acta de recepción correspondiente.-


Sexta: “La Dirección” decidirá, a través de la superioridad, si prorroga o no el presente acuerdo,


debiendo notificar fehacientemente a “El Ente” con quince días de antelación al cumplimiento del


plazo acordado.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/04/2013 en tratamiento


sobre tablas, dispuso por unanimidad aprobar el convenio de referencia, con el dictado de la


norma legal respectiva.-




POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LSO ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE;













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2243/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el CONVENIO Nº 028/13 celebrado en fecha 26 de


Diciembre de 2012 entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DEL


NEUQUÉN, representada por el Sr. Presidente del directorio de la Repartición, Ing. Guillermo


Monzani, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por la Sra.


Viceintendente Municipal, Prof. Andrea Silvana Rosso; y Cláusula de rectificación de la Cláusula


Segunda del citado Convenio, suscripta en fecha 28/02/2013, referente a la provisión de 1 (un)


camión regador de agua de 10.000 litros de capacidad para realizar tareas de riego en


“Ruta Provincial Nº 60, Tr. Portada de Parque Nacional Lanín – Paso Mamuil Malal”, el


cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Dirección Provincial de Validad del Neuquén, a sus efectos.




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JO SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1665/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA