Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1022/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1022/2002
VISTO: El Expte. Nº 5497/02 (C.D. Nº 2488/02) de fecha 18/06/2002 iniciado ante el
Departamento Ejecutivo Municipal por el Sr. Carlos Rodolfo Rivera, D.N.I. Nº
18.649.526, referido a solicitud de excepción al Código Urbano y de Edificación, en cuanto de
retiro de frente en la construcción a realizar en la propiedad de la Sra. Irene Pereira,
identificada como Lote 4, Manzana R, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-054-6072, ubicada en
calle Gam 6 y Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que, asimismo solicita se lo exceptúe del pago de los visados.-
Que, el pedido es para edificar a partir de la Línea Municipal.-
Que, a fs. 05 se adjunta informe socio económico del presentante, elaborado por el
Área social de la dirección de Promoción Social.-
Que, a fs. 07 y 08 consta el informe Técnico elaborado por el Departamento Técnico
dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente del Municipio de fecha 29/08/2002, donde se detallan los parámetros estipulados en
el Código Urbano y de Edificación para el Área Residencial 2 (AR-2), zona en la cual se
encuentra situado dicho inmueble.-
Que, dicho Departamento Técnico, expresa que queda imposibilitada la
construcción al infringir en el Código Urbano y Edificación, en Retiro de Frente, dejando
constancia que en esa zona, ya se deyectaron obras sobre la Línea Municipal, invadiendo este
Retiro, quedando a criterio del Concejo Deliberante si se debe evaluar una futura modificación
del Área en cuestión.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 31/07/2002 atento al
informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 131/02 de fecha
30/07/2002, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y
Medio Ambiente, dispone por unanimidad otorgar la excepción solicitada y teniendo en cuenta
que en esa zona existen construcciones que ocupan el retiro de frente.-
Que, asimismo dicho Departamento enuncia que “se deberá cumplimentar con lo
exigido en el Cap. 17 del C.U.E referido a las fachadas y techados, donde detalla las
disposiciones constructivas, para asegurar así, la continuidad edilicia de las construcciones
aledañas, teniendo en cuenta criterio de buen diseño al momento de proyectar dicha vivienda,
si la excepción fuera otorgada”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 06/11/2002 atento al
informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 236/02 de fecha
05/11/2002, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente, dispone por unanimidad los siguiente: 1º) Otorgar la excepción al Código Urbano y de
Edificación; 2º) No otorgar la excepción al pago de visados de planos.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1022/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor RIVERA, Carlos Rodolfo, D.N.I. Nº 18.649.526,
una excepción al Código Urbano y de Edificación, Sección II, Capítulo 13,
Inciso 13.14.3, para la construcción a realizar en la propiedad de la Sra. Irene Pereira,
identificada como Lote 4, Manzana R, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-054-6072, ubicada en
calle Gam 6 y Río Negro, y AUTORÍZASE la ocupación del Retiro de Frente, conforme
consta en fs. 02 del Expte. Nº 5497/02 (C.D. Nº 2488/02).-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE que el presentante deberá cumplimentar con lo exigido
en el Cap. 17 del Código Urbano y de Edificación, referido a las fachadas y
techados.-
ARTÍCULO 3º: NO OTORGAR la excepción al pago de visados de planos para dicha
construcción.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 5º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la
presente al interesado para su conocimiento y a la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, para que tome los recaudos
correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma.-
ARTÍCULO 6º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria Legislativa A/C, Concejal Shuyay
A. J. del Río.-
ARTÍCULO 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1100/02.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES