3383 - 23 Modifica Ordenanza Nº 3145-21 y fijar nuevos valores tierra Parque Industrial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3383/2023

VISTO: La Ordenanza N° 3145/2021 de fecha 09/06/2021, mediante la cual se fija el


valor de la tierra en el Parque Industrial, y el Expte. C.D. N° 11.473/23 de fecha


22/02/2023, iniciado por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos Corazini, y;


CONSIDERANDO:


Que, según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 190, Titulo


DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMICO, Capítulo VI Actividades Industriales y


Comerciales, Parque Industrial y el Artículo Nº 219, en el Título RECURSOS MUNICIPALES,


PRESUPUESTO Y REGIMEN CONTABLE, Capítulo I, RECURSOS MUNICIPALES.-


Que, el Sr. Intendente Municipal solicita el aumento de precio del metro cuadrado de las


tierras del Parque Industrial teniendo que los valores establecidos en la Ordenanza Nº 3145/2021,


se encuentran desactualizados.-


Que, el incremento de la valuación fiscal de las tierras del periodo 2022 fue del 52% y


suba la descontrolada de los precios inmobiliarios locales, tasados en moneda dólares


estadounidenses.-


Que, en vista de lo expuesto, es necesario proceder a establecer nuevos valores para las


tierras del Parque Industrial.-


Que, el Cuerpo Deliberativo, en Sesión Ordinaria de fecha 09/03/2023, conforme al


Despacho Nº 003/2023 de la Comisión Interna de Economía, resuelve por unanimidad aprobar el


presente proyecto de Ordenanza.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS


ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE DEROGA: el Artículo 1º de la Ordenanza 3145/2021.-


ARTÍCULO 2º: SE FIJA: el VALOR DE LA TIERRA en el Parque Industrial de Junín de los


Andes conforme el siguiente detalle:


1 -Lotes de la Manzana 86 en pesos OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500,00) por metro
cuadrado (m²).


2 -Por los Lotes remanentes de las Manzanas 84-85-88-89-90-91-92-93-94-96-116-136-137 en
PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500,00) por metro cuadrado (m²).


3 -Por los lotes remanentes de las Manzanas Chacra 22 y Chacra 27 se fija un valor de PESOS
CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500,00).-




ARTÍCULO 3º: SE APLIQUE: el Artículo 2º de la presente Ordenanza, a todos aquellos


terrenos que sean recuperados por parte del Municipio y a futuros lotes a adquirir


para el Parque Industrial.-


ARTICULO 4º: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-


DADA EN SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS NUEVE


DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 2196/23.-









MARÍA LAURA CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL LEDESMA


SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA